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24 NORMAS LEGALES Viernes 2 de febrero de 2018 / El Peruano autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de TRESCIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 360 786 982,00), a favor del pliego Ministerio del Interior, destinada al fi nanciamiento del pago de las Altas de 478 Alférez de la Policía Nacional del Perú y de 6 486 Sub O fi ciales de Tercera de la Policía Nacional del Perú, para el período enero – diciembre de 2018, así como al fi nanciamiento del pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a favor de los efectivos policiales que pasaron a la situación de retiro por la causal de renovación de cuadros, considerando que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del referido pliego en el presente año fi scal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de TRESCIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 360 786 982,00), a favor del pliego 007: Ministerio del Interior, para ser destinados a fi nanciar el pago de las Altas de 478 Alférez de la Policía Nacional del Perú y de 6 486 Sub O fi ciales de Tercera de la Policía Nacional del Perú, para el período enero – diciembre de 2018 y al fi nanciamiento del pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a favor de efectivos policiales que pasaron a la situación de retiro por la causal de renovación de cuadros, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma y de acuerdo al siguiente detalle : DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 360 786 982,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 360 786 982,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 007 : Ministerio del InteriorUNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 347 230 395,00 2.3 Bienes y Servicios 13 556 587,00 ---------------------- TOTAL PLIEGO 360 786 982,00 ============= TOTAL EGRESOS 360 786 982,00 ============= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1613059-1 Autorizan el procesamiento excepcional del Gasto Girado de los Devengados debidamente formalizados y registrados al 31 de diciembre del Año Fiscal 2017, por las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, y por diversos pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 038-2018-EF/52 Lima, 1 de febrero de 2018CONSIDERANDO:Que, la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que el Gasto Devengado registrado al 31 de diciembre de cada año fi scal sólo puede pagarse hasta el 31 de enero del año fi scal siguiente; Que, asimismo, la citada disposición establece que, hasta el primer trimestre de cada año, se pueden aprobar