Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2018 (02/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de febrero de 2018 /

El Peruano

del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras "CECIPU" hace de conocimiento de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, que la Comisión Ejecutiva del Programa "CECIPU" ha seleccionado a los Cadetes de Primer Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú Jhandarly Javier Vera Pérez y Jeanpohol Reinaldo Silvera Altamirano, a fin que participen en el Curso de Formación de Oficiales de Orden y Seguridad; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 44-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 30 de enero de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, de los Cadetes de Primer Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú Jhandarly Javier Vera Pérez y Jeanpohol Reinaldo Silvera Altamirano, propuestos por la Dirección de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, para que continúen su proceso de formación en la Escuela de Formación de Carabineros del "General Carlos Ibáñez Del Campo", ubicada en la ciudad de Santiago ­ República de Chile, del 2 de febrero de 2018 al 23 de diciembre de 2021, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho curso tiene como objetivo que los citados Cadetes adquieran nuevos conocimientos sobre resguardo del Orden y la Seguridad Pública, lo cual permite contar con un personal altamente capacitado en los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional; Que, asimismo, de la documentación expuesta en el considerando precedente, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Alexander Edgar Molina Núñez, propuesto por la Dirección de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, para que realice los procedimientos para la convalidación de los procesos pedagógicos, contenidos curriculares, asignaturas, créditos y sistemas de evaluación en la Escuela de Formación de Carabineros del "General Carlos Ibáñez Del Campo", ubicada en la ciudad de Santiago ­ República de Chile, del 2 al 7 de febrero de 2018; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación de los citados Cadetes en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, del Oficial Superior de la Policía Nacional del Perú, así como los pasajes aéreos (ida), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, de los Cadetes antes mencionados, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 530-2018-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 30 de enero de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, las modalidades Misión de Estudios y Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse

en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Alexander Edgar Molina Núñez, del 2 al 7 de febrero de 2018, a la ciudad de Santiago ­ República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente:
Pasajes Aéreos Viáticos Importe US$ 591.00 370.00 Días X X 5 X X Pers. Total US$ 1 = 591.00 1 = 1,850.00

Artículo 3º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los Cadetes de Primer Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, que se detalla a continuación, del 2 de febrero de 2018 al 23 de diciembre de 2021, a la ciudad de Santiago ­ República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. CADETES: 1. Jhandarly Javier Vera Pérez. 2. Jeanpohol Reinaldo Silvera Altamirano. Artículo 4º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 3º de la presente Resolución, se efectúan con cargo al presupuesto institucional del Año

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