Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2018 (22/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado

Año XXXV - Nº 14413

NORMAS LEGALES
AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL

JUEVES 22 DE FEBRERO DE 2018

1

EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 020-2018-PCM.- Decreto Supremo que modifica el Plan de la Reconstrucción aprobado mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM y modificatorias 1 Consejo de Ministros a propuesta de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el cual es de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de Gobierno; Que, el numeral 2.1 del citado artículo señala que el Plan también define el nivel de Gobierno que ejecuta los proyectos de ámbito regional y local bajo el principio de subsidiariedad, el destinatario final que debe recibir las obras, asumiendo la operación y mantenimiento en su ámbito, y las modalidades de ejecución de los proyectos y actividades; Que, conforme al numeral 2.2 del artículo 2 de la citada Ley, dispone que el Consejo de Ministros aprueba las modificaciones al Plan, dentro de las cuales se incluye el cambio de ejecutor en cualquiera de los niveles de Gobierno, previa coordinación con los gobiernos regionales y locales correspondientes; Que, el artículo 3 de la citada Ley dispone la creación de la Autoridad, como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, encargada de liderar e implementar el Plan, la cual se encuentra a cargo de un Director Ejecutivo con rango de Ministro para los alcances de la Ley; Que, de conformidad con el literal d) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30556, la Autoridad tiene entre sus funciones, presentar la propuesta del Plan para su aprobación por el Consejo de Ministros, siempre que haya cumplido con realizar el proceso de coordinación previa con los gobiernos regionales y locales correspondientes; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Nº 30556, mediante Decreto Supremo Nº 0912017-PCM y sus modificatorias, se aprobó el Plan Integral de Reconstrucción con Cambios, así como sus Anexos, los cuales se encuentran en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc. gob.pe); Que, se ha solicitado a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el cambio de ejecutor de las intervenciones asociadas a pistas y veredas, y caminos vecinales de los Gobiernos Regionales de Piura, Arequipa, Lima, Ica y Loreto, a favor de las Municipalidades Distritales de dichas circunscripciones, y de la Municipalidad Distrital de Lurigancho (Chosica)

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que modifica el Plan de la Reconstrucción aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias
DECRETO SUPREMO Nº 020-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad incluyendo salud, educación, programas de vivienda de interés social y reactivación económica de los sectores productivos, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico, social y ambiental, como consecuencia de acciones que califiquen como nivel de emergencia 4 y 5 en las zonas de riesgo alto y muy alto de conformidad con la legislación sobre la materia, así como las intervenciones de alcance nacional en dichas zonas; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30556, dispone que el Plan Integral, en adelante el Plan, es aprobado por el

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