Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2018 (22/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Jueves 22 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

57

CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES
600 Gestión y Disposición de Escombros resultantes de la Ejecución de Obras Civiles Gravedad de la Sanción Medida Complementaria

establecido a través del Texto Único de Servicios No Exclusivo ­ TUSNE aprobado mediante el Decreto de Alcaldía N° 003-2012-MDS. DISPOSICIÓN FINAL TRANSITORIA ÚNICA.- DERÓGUESE la Ordenanza N° 291 ­ MDS, así como toda norma municipal que contradiga y no permita la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. DISPOSICIONES FINALES

Código

Infracción

% UIT (*) I II

Dejar residuos de construcción esparcidos en la vía pública, como 06.0501 consecuencia del transporte para la disposición final del contenedor correspondiente. Depositar residuos de construcción y demolición fuera 06.0502 del contenedor para residuos de construcción y demolición. No contar con el nombre y teléfono de identificación de la Empresa Prestadora de 06.0503 Servicios de Residuos de Origen de la Construcción, visible en el contenedor. Mantener los contenedores de residuos de construcción y 06.0504 demolición destapados durante el periodo autorizado. No contar con el registro de los documentos sustentatorios del 06.0505 reaprovechamiento, minimización y disposición final de los residuos sólidos generados. No contar con la señalización adecuada para el área de 06.0506 disposición de contenedores tanto al interior como al exterior de la obra. No contar con contenedores para el depósito de residuos sólidos 06.0507 no peligrosos de origen de la construcción. Ocasionar daños a los bienes públicos o privados, producto 06.0508 de la instalación del contenedor y posterior recolección de los residuos sólidos de construcción. Mantener por más de 48 horas contenedores de residuos de 06.0509 construcción totalmente llenos, sin renovarlos. 06.0510 Colocar contenedores en la vía pública sin la autorización municipal respectiva.

Leve

0.10 0.15

Leve

0.15 0.20

Leve

0.05 0.10

Leve

0.05 0.10

Leve

0.20 0.25

Leve

0.10 0.15

Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Protección del Medio Ambiente, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Policía Municipal y Serenazgo y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional el cumplimiento de la presente ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Protección del Medio Ambiente, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Policía Municipal y Serenazgo y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, la adecuada difusión inicial después de la aprobación y publicación de la presente Ordenanza, otorgando asimismo un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días para la adecuación de todas las obras referidas en el artículo 4° de la presente Ordenanza. Tercera.- INCORPORAR a la Ordenanza N° 193 MDS Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas­ RASA lo expresado en el artículo 30° de la presente ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza, la cual entrará en vigencia a partir del día siguiente.
Paralización de Obra hasta subsanación.

Grave

0.50 0.70

Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1618353-1

Grave

Reparar, redimir, compensar 0.30 0.80 y remediar los daños ocasionados 0.50 0.70 Retiro del contenedor hacia el depósito municipal Paralización de obra hasta subsanación. Paralización de obra hasta subsanación. Paralización de obra hasta subsanación. Paralización de obra hasta subsanación. Paralización de obra por 7 días / Retención del vehículo de transporte

Grave

PROVINCIAS

Grave

0.30 0.50

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Amplían la vigencia de las Ordenanzas N°s. 019, 021, 022 y 023-2014-CDB para el Ejercicio Fiscal 2018 referentes a tributos
ORDENANZA Nº 001-2018-MDB Bellavista, 15 de enero del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA; VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, dispone que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú prescribe que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar

06.0511

06.0512

06.0513

06.0514

06.0515

06.0516

Depositar sobre la vía pública, y predios abandonados cualquier tipo de material residual de Grave 0.50 obras o residuos sólidos de construcción y demolición. No contar con contenedores para el depósito de residuos peligrosos Leve 0.50 de origen de la construcción. No contar con el registro de los documentos sustentatorios de la Grave 0.80 disposición final de los residuos peligrosos generados. Contratar camiones informales que no cuentan con la respectiva Muy Grave 1.00 autorización para su operación. Evidenciar la disposición final inadecuada, en cauce de río, lugares descampados o Muy Grave 3.00 botaderos no autorizados, de los residuos sólidos generados en la obra. Depositar en los contenedores de residuos no peligrosos, residuos que contengan materiales Muy Grave 0.80 inflamables, explosivos, nocivos, corrosivos y en general residuos peligrosos.

0.80

0.80

1.00

1.50

5.00

1.00

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA ÚNICA.- La Municipalidad Distrital de Surquillo a través de la Subgerencia de Limpieza Pública pone a disposición de los vecinos el Recojo de Desmonte

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