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57 NORMAS LEGALES Jueves 22 de febrero de 2018 El Peruano / CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES 600 Gestión y Disposición de Escombros resultantes de la Ejecución de Obras Civiles Código InfracciónGravedad de la Sanción% UIT (*)Medida Complementaria II I 06.0501Dejar residuos de construcción esparcidos en la vía pública, como consecuencia del transporte para la disposición fi nal del contenedor correspondiente.Leve 0.10 0.15 06.0502Depositar residuos de construcción y demolición fuera del contenedor para residuos de construcción y demolición.Leve 0.15 0.20 06.0503No contar con el nombre y teléfono de identi fi cación de la Empresa Prestadora de Servicios de Residuos de Origen de la Construcción, visible en el contenedor.Leve 0.05 0.10 06.0504Mantener los contenedores de residuos de construcción y demolición destapados durante el periodo autorizado.Leve 0.05 0.10 06.0505No contar con el registro de los documentos sustentatorios del reaprovechamiento, minimización y disposición fi nal de los residuos sólidos generados.Leve 0.20 0.25 06.0506No contar con la señalización adecuada para el área de disposición de contenedores tanto al interior como al exterior de la obra.Leve 0.10 0.15 06.0507No contar con contenedores para el depósito de residuos sólidos no peligrosos de origen de la construcción.Grave 0.50 0.70Paralización de Obra hasta subsanación. 06.0508Ocasionar daños a los bienes públicos o privados, producto de la instalación del contenedor y posterior recolección de los residuos sólidos de construcción.Grave 0.30 0.80Reparar, redimir, compensar y remediar los daños ocasionados 06.0509Mantener por más de 48 horas contenedores de residuos de construcción totalmente llenos, sin renovarlos.Grave 0.50 0.70 06.0510Colocar contenedores en la vía pública sin la autorización municipal respectiva.Grave 0.30 0.50Retiro del contenedor hacia el depósito municipal 06.0511Depositar sobre la vía pública, y predios abandonados cualquier tipo de material residual de obras o residuos sólidos de construcción y demolición.Grave 0.50 0.80Paralización de obra hasta subsanación. 06.0512No contar con contenedores para el depósito de residuos peligrosos de origen de la construcción.Leve 0.50 0.80Paralización de obra hasta subsanación. 06.0513No contar con el registro de los documentos sustentatorios de la disposición fi nal de los residuos peligrosos generados.Grave 0.80 1.00Paralización de obra hasta subsanación. 06.0514Contratar camiones informales que no cuentan con la respectiva autorización para su operación.Muy Grave 1.00 1.50Paralización de obra hasta subsanación. 06.0515 Evidenciar la disposición fi nal inadecuada, en cauce de río, lugares descampados o botaderos no autorizados, de los residuos sólidos generados en la obra.Muy Grave 3.00 5.00Paralización de obra por 7 días / Retención del vehículo de transporte 06.0516Depositar en los contenedores de residuos no peligrosos, residuos que contengan materiales infl amables, explosivos, nocivos, corrosivos y en general residuos peligrosos.Muy Grave 0.80 1.00 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA ÚNICA.- La Municipalidad Distrital de Surquillo a través de la Subgerencia de Limpieza Pública pone a disposición de los vecinos el Recojo de Desmonte establecido a través del Texto Único de Servicios No Exclusivo – TUSNE aprobado mediante el Decreto de Alcaldía N° 003-2012-MDS. DISPOSICIÓN FINAL TRANSITORIA ÚNICA.- DERÓGUESE la Ordenanza N° 291 – MDS, así como toda norma municipal que contradiga y no permita la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Protección del Medio Ambiente, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Policía Municipal y Serenazgo y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional el cumplimiento de la presente ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Protección del Medio Ambiente, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Policía Municipal y Serenazgo y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, la adecuada difusión inicial después de la aprobación y publicación de la presente Ordenanza, otorgando asimismo un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días para la adecuación de todas las obras referidas en el artículo 4° de la presente Ordenanza. Tercera.- INCORPORAR a la Ordenanza N° 193 - MDS Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas– RASA lo expresado en el artículo 30° de la presente ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza, la cual entrará en vigencia a partir del día siguiente. Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1618353-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Amplían la vigencia de las Ordenanzas N°s. 019, 021, 022 y 023-2014-CDB para el Ejercicio Fiscal 2018 referentes a tributos ORDENANZA Nº 001-2018-MDB Bellavista, 15 de enero del 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA; VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, dispone que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú prescribe que los gobiernos locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar