Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2018 (22/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Jueves 22 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Ordenanza que aprueba el Reglamento de Distribución, Supervisión, Control y Evaluación del Programa de Vaso de Leche del distrito
ORDENANZA Nº 000236/MDSA Santa Anita, 29 de enero de 2018 POR CUANTO: El Concejo de Santa Anita, en Sesión Ordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N.º 194º de la Constitución Política del Perú modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 5) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo y son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad. Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, expresa que las ordenanzas en las materias de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa, razón por la que el reglamento propuesto debe ser aprobado a través de una ordenanza municipal. Que, el Programa del Vaso de Leche (PVL) es un programa social creado por el Gobierno Nacional, dirigido a los grupos sociales más vulnerables y de mayor depresión económica, particularmente a la población infantil de bajos ingresos, con una provisión diaria de ración alimentaria, por parte del estado a través de los Gobiernos Locales, sin costo alguno para los beneficiarios, debidamente empadronados y registrados en el Programa Vaso de Leche. Las acciones de este programa con la participación de la comunidad, tiene como finalidad elevar su nivel nutricional y así contribuir a mejorar la calidad de vida de este colectivo que, por su precaria situación económica, no está en condiciones de atender sus necesidades elementales. Que, mediante Informe Nº 001-2018-SGPVLCP-GA/ MDSA, la Subgerencia del Programas de Vaso de Leche y Comedores Populares, remite el proyecto de Reglamento de distribución, supervisión, control y evaluación del Programa de Vaso de Leche del distrito de Santa Anita, para aprobación respectiva del Concejo Municipal; la cual ha sido validada por la Gerencia de Administración. Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización mediante Memorándum Nº 011-2018-GPPR-GM/MDSA precisa que el reglamento propuesto se encuentra acorde con la normatividad vigente, informando a su vez que considera oportuno fortalecer el sistema de control interno a través de procedimientos normativos en el marco de la Guía para la Implementación y Fortalecimiento del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado aprobado por la Resolución de Contraloría N.º 004-2017-CG. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 049-2018-GAJ/MDSA, precisa que el reglamento propuesto constituye un instrumento de

gestión que determina, orienta, regula y norma las fases de selección de beneficiarios, la organización, funciones, acciones y responsabilidades de los órganos encargados de la administración y ejecución del Programa de Vaso de Leche, concluyendo que el citado reglamento se encuentra acorde a la normativa vigente, debiendo ser aprobado a través de una ordenanza municipal. En atención a las atribuciones conferidas por los artículos 9º inciso 3) y 20º inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y, con el voto en mayoría de los regidores que conforman el Concejo, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN, SUPERVISIÓN, CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE DEL DISTRITO DE SANTA ANITA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Distribución, Supervisión, Control y Evaluación del Programa de Vaso de Leche del distrito de Santa Anita, que consta de 64 Artículos y 3 Disposiciones Complementarias. Artículo Segundo.- Derogar toda normativa legal que se oponga a lo que establece la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Subgerencia del Programas de Vaso de Leche y Comedores Populares y demás áreas de este corporativo municipal, según lo que a cada una corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1618534-1

Aprueban Reconversión de Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos contenidos en el TUPA de la Municipalidad para el Año Fiscal 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00001-2018/MDSA Santa Anita, 12 de febrero de 2018 VISTO: El Memorándum Nº 0031-2018-GPPR/ MDSA, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, que solicita aprobar la Reconversión de los Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el TUPA, actualizados en función a la UIT establecida para el año 2018. CONSIDERANDO: Que, mediante D. S. Nº 380-2017-EF se aprueba el valor de la UIT para el año 2018, y conforme se establece en la normativa vigente, las entidades deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la UIT, cuyo monto para el Año Fiscal 2018 ha sido fijado en cuatro mil ciento Cincuenta Nuevos Soles (S/. 4,150.00); Que, mediante documento del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, presentan la reconversión de los Nuevos Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el TUPA, actualizados en función a la UIT establecida para el Año Fiscal 2018 en S/. 4,150.00, entre otras medidas de simplificación, conforme se aprecia en los CUADROS Nº 1 y Nº 2 adjuntos. Que, con Informe Nº 075-2018-GAJ/MDSA, la gerencia de Asesoría Jurídica señala que, de acuerdo a las normas acotadas, la reconversión no implica incrementos en los costos del TUPA, por lo que es opinión de dicha Gerencia

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