TEXTO PAGINA: 32
32 NORMAS LEGALES Martes 27 de febrero de 2018 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR el periodo vacacional del Magistrado Miguel Ángel Tapia Cabañin, como sigue: SALAS PENALES ESPECIALES: Tercera Penal de Apelaciones de Lima Periodo Vacacional Dr. Miguel Ángel Tapia Cabañin Del 26 al 28 de febrero • La Primera Sala Penal de Apelaciones asumirá y/o completará el colegiado de la Segunda y Tercera Sala Penal de Apelaciones del 12 al 26 de febrero. • La Segunda Sala Penal de Apelaciones asumirá la carga de la Primera y Tercera Sala Penal de Apelaciones del 27 de febrero al 02 de marzo; y, además asumirá la carga de la Tercera Sala Penal de Apelaciones del 01 al 11 de febrero. • El Magistrado menos antiguo de la Tercera Sala Penal de Apelaciones integrará el Colegiado de la Segunda Penal de Apelaciones del 05 al 11 de febrero. • El despacho de las Salas Penales de Apelaciones será de manera normal y llevarán a cabo las audiencias que se programen. .Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1620305-1 Encargan de manera temporal el Juzgado de Paz Urbano del Asentamiento Humano La Arboleda de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 059- 2018-P-CSJV/PJ Ventanilla, quince de febrero de dos mil dieciocho. VISTOS: La Ley N° 29824- Ley de Justicia de Paz; Resolución Administrativa N° 187-2017-PCSJV/PJ; Ofi cio N°08-2018-ODAJUP-CSJV-PJ, cursado por la Coordinadora de la O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, la Señorita Yajayra Madelaine Vidaurre Huamanchumo; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ, de fecha 12 de agosto del 2014, se dispone el funcionamiento de este Distrito Judicial con sede en el distrito de Ventanilla, a partir del 30 de setiembre del 2014, lo cual obedece a la necesidad de desconcentrar y descentralizar el servicio de justicia. Segundo: Con dicha creación, se integran a la Corte los Juzgados de Paz Urbanos, siendo que, mediante Resolución Administrativa N° 084-2014-CE-PJ de fecha 12 de marzo del 2014, se creó el Juzgado de Paz del Asentamiento Humano la Arboleda del distrito de Santa Rosa, con competencia en los Asentamientos Humanos la Arboleda, el Golf, Brisas, los Ángeles y los Girasoles; y, mediante Resolución Administrativa N°439-2014-P-CSJLN/PJ de fecha 11 de agosto del 2014, se designó al señor Miguel Ángel Aguirre Mispireta como Juez de Paz Titular del Asentamiento Humano la Arboleda, y como Jueces Accesitarios a los señores: Roxana Esperanza Durand Ore y Joel Martin Yllescas Cespedes, en Primer y Segundo orden respectivamente.Tercero: Por otro lado, la Ley de Justicia de Paz - Ley N°29824 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°007-2013-JUS, establecen los mecanismos que coadyuvan administrar el reemplazo de los Jueces de Paz de manera temporal o de fi nitiva, de acuerdo a las causales establecidas en el referido cuerpo normativo, procediendo para tales casos encargar el Juzgado de Paz a los Jueces Accesitarios y en el caso que no tuviesen, al Juzgado de Paz más cercano a su jurisdicción. Cuarto: Que, con O fi cio N° 07-2018-ODAJUP-CSJV- PJ, el cual contiene el Informe N°02-2018-ODAJUP-CSJV-PJ, la coordinadora de la O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de esta Corte Superior de Justicia, informó sobre el estado de los procedimientos disciplinarios contra el señor Miguel Ángel Aguirre Mispireta, Juez de Paz del Asentamiento Humano La Arboleda, distrito de Santa Rosa; precisando que, los mismos se encuentran con resolución de sanción que impone la medida disciplinaria de suspensión. Quinto: Asimismo, en el referido informe se señala que es de conocimiento público que el señor Miguel Ángel Aguirre Mispireta se encuentra en calidad de “detenido”, capturado en el Mega Operativo Policial realizado la madrugada del 31 de enero del 2018, en mérito al proceso judicial penal en su contra, a cargo del Juzgado de Investigación Preparatoria de Ancón y Santa Rosa, recaído en el Expediente N°14-2017-10, verifi cándose que dicho proceso se encuentra en etapa de investigación, no habiendo pronunciamiento de fi nitivo respecto a la situación jurídica del Juez de Paz. Sexto: En ese sentido, teniendo en cuenta lo expuesto en el considerando cuarto es de aplicación lo establecido en el literal c) inciso 15.1 artículo 15° de la Ley de Justicia de Paz, Ley N° 29824; sin embargo, según lo detallado en el quinto considerando, el señor Miguel Aguirre Mispireta viene siendo investigado penalmente, habiéndosele privado de su libertad, no teniendo un pronunciamiento defi nitivo en dicho proceso penal. Por tanto, procede reemplazar temporalmente al Juez de Paz, encargando el Juzgado de Paz del Asentamiento Humano la Arboleda, a la Primer Accesitaria, esto es, a la Señora Roxana Esperanza Durand Ore. Por tales consideraciones, la Presidencia de la Corte como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, que dirige la política interna con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de impartición de justicia en bene fi cio del usuario del sistema judicial, y conforme a las facultades conferidas por el inciso 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE:Artículo Primero: ENCARGAR de manera temporal el Juzgado de Paz Urbano del Asentamiento Humano La Arboleda, a la señora ROXANA ESPERANZA DURAND ORE, Primera Accesitaria del Juzgado de Paz Urbano del Asentamiento Humano la Arboleda, a partir de la fecha, hasta que se resuelva la situación jurídica del Señor Miguel Ángel Aguirre Mispireta, en el proceso penal seguido en su contra. Artículo Segundo: DISPONER que la Administración de esta Corte Superior de Justicia, adopte las medidas pertinentes con el objeto de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero: PONER EN CONOCIMIENTO esta Resolución Administrativa a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, O fi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia Indígena- ONAJUP, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, O fi cina Distrital de Justicia de Paz-ODAJUP y O fi cina de Administración Distrital de esta Corte Superior, para conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1620180-1