Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2018 (18/07/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 18 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

55

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora del Concejo Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 0416-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00368 PUENTE PIEDRA - LIMA - LIMA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veinticinco de junio de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 044-2018-SG-MDPP presentado, el 20 de junio de 2018, por Heli Marrufo Fernández, secretario general de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida a Milton Fernando Jiménez Salazar, alcalde de la citada entidad edil. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 12 de junio de 2018 (fojas 4), Milton Fernando Jiménez Salazar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 023-2018-AC/MDPP, de fecha 14 de dicho mes y año (fojas 2 y 3), por el periodo de treinta (30) días naturales, el cual, en respeto a lo expuesto en el precitado considerando, debe ser entendido su eficacia por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. Siendo así, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al primer regidor Jorge Wider Ayala Gonzales, identificado con DNI Nº 43081446, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Deysi Yusmara Romero Guerra, identificada con DNI Nº 75915447, candidata no proclamada de la organización política Solidaridad Nacional, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Norte 3, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Milton Fernando Jiménez Salazar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jorge Wider Ayala Gonzales, identificado con DNI Nº 43081446, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Deysi Yusmara Romero Guerra, identificada con DNI Nº 75915447, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1670924-8

Confirman Acuerdo de Concejo N° 038-2017-MDP/C, que aprobó el dictamen, declarando infundada solicitud presentada en contra de regidor del Concejo Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 0420-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00075-A01 PACHACÁMAC - LIMA - LIMA VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veinticinco de junio de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Cesario Chávez Pimentel, en contra del Acuerdo de Concejo Nº 038-2017-MDP/C, de fecha 28 de diciembre de 2017, que aprobó el Dictamen Nº 002-2017-MDP/CRALLCyT, del 3 de noviembre de dicho año, declarando infundada su solicitud presentada en contra de Freddy Mauro Buitrón Cóndor, regidor del Concejo Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima, por las causales de restricciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.