Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2018 (21/07/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

66

NORMAS LEGALES

Sábado 21 de julio de 2018 /

El Peruano

Molinos, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Juan Alberto Mere García, identificado con DNI N° 21499215, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de San José de Los Molinos, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Melissa Laura Aquije Bautista, identificada con DNI N° 72926492, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de San José de Los Molinos, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1672657-10

7. Dicha licencia fue concedida, a partir del 7 de junio de 2018, mediante Acuerdo de Concejo Municipal N° 010-2018-MDSJM, del 4 de junio de dicho año (fojas 4 y 5). Sin embargo, de conformidad con la normatividad vigente y precitada, debe otorgarse la licencia por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. 8. En el caso de autos, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.º 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al primer regidor Juan Alberto Mere García, identificado con DNI N° 21499215, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 9. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Melissa Laura Aquije Bautista, identificada con DNI N° 72926492, candidata no proclamada de la organización política Fuerza Popular, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. 10. Finalmente, si bien es cierto, la solicitud de credenciales debió ser presentada directamente ante el Jurado Nacional de Elecciones, según lo establecido en el numeral 3 del artículo tercero de la Resolución N° 00812018-JNE; no es menos cierto que esto fue realizado ante el Jurado Electoral Especial de Ica, el 7 de junio de 2018, en vista de lo cual se considera que se ha dado cumplimiento al plazo establecido en el citado artículo. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Jorge Daniel Pérez Hernández, alcalde de la Municipalidad Distrital de San José de Los

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de consejero del Gobierno Regional de Huancavelica
RESOLUCIÓN Nº 0434-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00285 HUANCAVELICA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veinticinco de junio de dos mil dieciocho VISTO el Oficio N.º 234-2018/GOB.REG-HVCA/ CR-P, presentado, el 11 de junio de 2018, por Luz Irma Matamoros García, presidenta del Consejo Regional de Huancavelica, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, que fue concedida a la consejera regional Inés Catalina Toro Arroyo. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los consejeros regionales que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.