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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (14/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Jueves 14 de junio de 2018 / El Peruano Noreste del Centro Poblado Puerto Pizarro, distrito y provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.” Regístrese y publíquese.CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1659100-8 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - CAP Provisional del OSITRAN RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 095-2018-GG-OSITRAN Lima, 11 de junio de 2018VISTOS:El Informe N° 105-2018-JGRH-GA-OSITRAN de la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando N° 358-2018-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; el Informe N° 0057-2018-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; la Nota N° 0158-18-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y sus modi fi caciones, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fi scalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público; Que, la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y sus modi fi catorias, dicta los lineamientos y normas de aplicación general para todos los Organismos Reguladores, en cuyo alcance se encuentra incluido OSITRAN; Que, la Ley N° 29754 dispone que OSITRAN es la entidad competente para ejercer la supervisión de los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros en las vías concesionadas que forman parte del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao; asimismo, establece que, mediante Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de OSITRAN, se aprueba la adecuación del Reglamento General de OSITRAN y otros documentos de gestión; Que, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modi fi catorias, la estructura orgánica de OSITRAN se rige por su Reglamento de Organización y Funciones; Que, por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN, con el fi n de implementar las funciones establecidas por la Ley Nº 29754 y las instancias y órganos competentes, conforme lo señala el Reglamento General de OSITRAN, así como para promover una gestión e fi ciente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles; Que, a través de la Resolución Suprema N° 047-2016- PCM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – CAP Provisional del OSITRAN; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”, modi fi cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la mencionada Directiva señala que el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “n° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del citado Anexo; Que, asimismo, el segundo párrafo del numeral 5 del Anexo 4 de la citada Directiva establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación de dicho instrumento, y que tal reordenamiento podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la o fi cina de recursos humanos o la que haga sus veces, con el visto bueno de la o fi cina de racionalización, o quien haga sus veces; Que, mediante el Informe N° 105-2018-JGRH-GA- OSITRAN, la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos ha presentado la propuesta de reordenamiento del CAP Provisional del OSITRAN, especí fi camente en los cargos asignados a la Gerencia General y a la Gerencia de Atención al Usuario; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 0057-2018-GPP-OSITRAN, ha señalado que, en el marco de su competencia, se encuentra conforme con el reordenamiento de cargos del CAP Provisional, el cual es acorde con el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”; Que, mediante la Nota N° 0158-18-GAJ-OSITRAN la Gerencia de Asesoría Jurídica ha expresado que, estando a lo informado por la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos, es viable la aprobación del reordenamiento propuesto; asimismo, ha indicado que de acuerdo a lo dispuesto por el inciso i) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende como Titular de la Entidad a la máxima autoridad administrativa de una entidad pública que, en el caso del OSITRAN, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM, es la Gerencia General; De conformidad con el Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y modi fi catorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”,