Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2018 (16/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de junio de 2018 /

El Peruano

N° 220-2018-SANIPES/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 98-2017-SANIPES/DE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos, correspondiente al Año Fiscal 2018, del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES; por un monto total de S/ 32 177 000,00 (treinta y dos millones ciento setenta y siete mil y 00/100 soles), de conformidad con la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, conforme a lo establecido en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, que autoriza al Ministerio de la Producción, durante el Año Fiscal 2018, a efectuar transferencias financieras a favor de los pliegos que conforman su sector Producción, para el financiamiento de intervenciones prioritarias sectoriales establecida por el titular del sector, con cargo a los saldos de balance, que incorpore en su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 217-2018-PRODUCE, el Ministerio de la Producción aprobó la Transferencia Financiera, con cargo al presupuesto Institucional 2018, del Pliego 038: hasta por la suma de S/ 2 600 000,00 Dos Millones seiscientos mil y 00/100 soles en la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados a favor del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, destinada para financiar dos expedientes técnicos de estudios definitivos y dos estudios de pre inversión, en el marco de las intervenciones prioritarias sectoriales a que se refiere la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, el literal d) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N°304-2012EF, establecen que, las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante el Informe N° 187-2018-SANIPES/ OA-UCFyT, de la Unidad de Contabilidad, Finanzas y Tesorería, comunica que ha recepcionado y registrado la transferencia financiera a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF ­SP) por el monto de S/ 2 600 000,00 (Dos millones seiscientos mil y 00/100 soles); Que, mediante el Informe N° 104-2018-SANIPES/ OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto recomienda la incorporación de mayores fondos públicos en el presupuesto institucional del Pliego 243 Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, hasta por la suma de S/ 2 600 000,00 (Dos millones seiscientos mil y 00/100 soles), con cargo a la fuente de financiamiento donaciones y transferencias, para financiar dos expedientes técnicos de estudios definitivos y dos estudios de pre inversión, amparados en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, indispensables para iniciar las actividades indicadas en el referido informe; Con las visaciones de la Secretaria General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año fiscal 2018, la Directiva Nº 005-2010-EFD/76.01 ­ Directiva para la ejecución presupuestaria, la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, el literal p) del artículo 18 del Decreto Supremo N°

009-2014-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y funciones de SANIPES, que establece que la Dirección Ejecutiva está facultada a emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; SE RESUELVE Artículo 1.- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el presupuesto institucional del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES para el año fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 2 600 000,00 (Dos millones seiscientos mil y 00/100 soles), con cargo a la fuente de financiamiento donaciones y transferencias, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Soles)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Donaciones y Transferencias 1.4.2.3.1.1 Del Gobierno Nacional 2,600,000 ---------------TOTAL INGRESOS (S/.) 2,600,000 ======== EGRESOS 243 Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES UNIDAD EJECUTORA: 001 - 1588 Administracion Servicio Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos 2287962 Mejoramiento y ampliación de los servicios de vigilancia, control sanitario y de inocuidad para productos de la pesca, acuicultura y piensos en la Oficina Desconcentrada del SANIPES, Sechura - Región Piura FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Donaciones y Transferencias GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1,000,000 2304832 Mejoramiento y ampliación de los servicios de vigilancia, control sanitario y de inocuidad para productos de la pesca, acuicultura y piensos en la Oficina Desconcentrada del SANIPES, Tacna - Región Tacna FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Donaciones y Transferencias GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1,000,000 ACTIVIDAD: 6000032: Estudios de Pre - Inversión PROYECTO: PROYECTO: PLIEGO:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Donaciones y Transferencias GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS (S/.)

600,000 -------------2,600,000 ========

Artículo 2.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, componentes, finalidades de meta y unidades de medida. Artículo 3.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto en el pliego, instruye a la unidad ejecutora, para que elabore la "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 4.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los organismos señalados en el numeral 2) del artículo 23 de la Ley N° 28411, dentro de los cinco días de aprobada. Artículo 5.- DISPONER a la Secretaría General la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Organismo

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