Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2018 (16/06/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de junio de 2018 /

El Peruano

- Ensayes de laboratorio (análisis de minerales, suelos, agua, etc) b) Otros Servicios Vinculados a las Actividades de Exploración Minera Servicio de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del Proyecto Servicio de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorias destinados a las actividades de exploración minera Servicios de diseño, construcción, montaje industrial, eléctrico y mecánico, - armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploración minera Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploración minera Alquiler o arrendamiento financiero de maquinaria, vehículos y equipos necesarios para las actividades de exploración Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros - necesarios para las actividades de exploración y la construcción de campamentos - Servicios médicos y hospitalarios - Servicios relacionados con la protección ambiental - Servicios de sistemas e informática Servicios de comunicaciones, incluye comunicación radial, telefonía satelital - Servicios de seguridad industrial y contraincendios - Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo - Servicios de seguros - Servicios de rescate, auxilio

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Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Compañía Tumipampa S.A.C. durante la fase de exploración
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2018-MEM/DM Lima, 12 de junio de 2018 VISTOS: El Informe N° 675-2018-MEM-DGM-DNM de la Dirección Normativa de Minería de la Dirección General de Minería y el Informe N° 532-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, establece que los titulares de concesiones mineras a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, tendrán derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal que les sean trasladados o que paguen para la ejecución de sus actividades durante la fase de exploración; y, para efectos de acogerse a lo dispuesto en dicha Ley, los titulares de concesiones mineras deberán cumplir con celebrar un Contrato de inversión en Exploración con el Estado, el cual será suscrito por la Dirección General de Minería; Que, el artículo 2 de la referida Ley establece que la devolución dispuesta en su artículo 1, comprende el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestación o utilización de servicios y contratos de construcción que se utilicen directamente en la ejecución de actividades de exploración de recursos minerales en el país; Que, el inciso c) del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 0822002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgarán el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal deben estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas;

y, el detalle de la lista de bienes y servicios que apruebe dicha Resolución Ministerial será incluido en el contrato respectivo; Que, por Decreto Supremo N° 150-2002-EF se aprueba la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, mediante escrito con registro N° 2798693, del 26 de marzo de 2018, COMPAÑÍA TUMIPAMPA S.A.C. solicita al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, al amparo de la Ley N° 27623, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal durante la fase de exploración, conforme al Arancel de Aduanas 2017, aprobado por Decreto Supremo N° 342-2016-EF; Que, mediante el Oficio N° 058-2018-EF/15.01, del 22 de mayo de 2018, el Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N° 151-2018-EF/61.01 de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, del 15 de mayo de 2018, a través del cual emite opinión favorable a la lista de bienes y servicios remitida por el Viceministerio de Minas del Ministerio de Energía y Minas, mediante Oficio N° 074-2018-MEM/VMM, del 2 de mayo de 2018, señalando que la lista presentada coincide con los bienes y servicios que figuran en la lista general aprobada por el Decreto Supremo N° 150-2002EF, adecuada al Arancel de Aduanas 2017, aprobado por Decreto Supremo N° 342-2016-EF; Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería y el visto bueno del Viceministerio de Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; en el Reglamento de la Ley N° 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de COMPAÑÍA TUMIPAMPA S.A.C. durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas ANEXO LISTA DE BIENES Y SEVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DEL IGV E IPM COMPAÑÍA TUMIPAMPA S.A.C. I. BIENES
Nº 1 2 3 4 5 6 SUBPARTIDA NACIONAL 3824.99.60.00 3926.90.60.00 6401.10.00.00 6506.10.00.00 7228.80.00.00 8207.19.21.00 DESCRIPCION Preparaciones para fluidos de perforación de pozos ("lodos"). Protectores antirruidos de materia plástica. Calzado con puntera metálica de protección. Cascos de seguridad. Barras huecas para perforación, de aceros aleados o sin alear. Brocas diamantadas excepto de cermet.

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