Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (27/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de junio de 2018 El Peruano / Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, así mismo el Artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma y su Artículo 43 que, las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo. Que, igualmente, el Artículo 56 de la Ley Orgánica glosada en el Considerando anterior, preceptúa que, son bienes de las Municipalidades, los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales y su Artículo 58, que estos bienes inmuebles se inscriben en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por el mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente, siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros. Que, el segundo párrafo del Artículo 38 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala que, la Resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del Predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Ofi cial “El Peruano” y un extracto de ella, en un diario de mayor circulación en la Región que se encuentra el predio; concordado con su Artículo 40, el cual dispone que la Resolución de la Primera Inscripción de Dominio, deberá estar acompañada con el Plano Perimétrico – Ubicación y Memoria Descriptiva, que constituyen título sufi ciente para todos los efectos legales.Que, la Municipalidad tiene como fi nalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; cuyas funciones están orientadas para desarrollar potencialidades. Que, a través del Concejo Municipal se aprueba la Inmatriculación como Primera Inscripción de Dominio ante la Zona Nº IV – Sede Iquitos de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP -, los predios urbanos con uso para la obra denominada: “Rehabilitación del Sistema de Agua y Desagüe del Distrito de Contamana, Provincia de Ucayali, Loreto”. Que, la ciudad de Contamana ha sido sectorizada en Doce (12) áreas de drenaje, topográ fi camente independientes entre sí.- Cada una cuenta con su propia red de aguas residuales y en cada área de drenaje se ha previsto la construcción de una Cámara de Bombeo de Aguas Residuales – CBD - en su parte topográ fi camente más baja.- Cada CBD tendrá su sistema de bombeo compuesto por bombas sumergibles de lodos e irán Dos (02) bombas de funcionamiento alternado. 1.- CÁMARA DE BOMBEO DE DESAGÜE Nº 05 (CBD Nº 05) ÁREA DEL TERRENO El área del Terreno es de: 100.00m2 PERÍMETRO La línea poligonal que delimita el perímetro del inmueble es: 40.00 m. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS El terreno tiene forma rectangular: Por el Frente : Con Terrenos de Dominio del Estado con 10.00 m. Por la Derecha Entrando : Con Terrenos de Dominio del Estado con 10.00 m.Por la Izquierda Entrando : Con Terrenos de Dominio del Estado con 10.00 m.Por el Fondo : Con la Quebrada con 10.00 m. CUADRO DE DATOS TECNICOS COORDENADAS UTM CAMARA DE BOMBEO DE DESAGUE Nº 05 CUADRO DE DATOS TECNICOS COORDENADAS UTM VERTICE LADO LINDEROS DATOSDISTANCIAS (m)ANGULO INTERNOESTE NORTE A A – B Por el FRENTE DOMINIO DEL ESTADO 10.00 90º00’00” 500 317.745 9 186 917.818 B B – C Por la IZQUIERDA DOMINIO DEL ESTADO 10.00 90º00’00” 500 323.584 9 186 909.700 C C – D Por el FONDO QUEBRADA 10.00 90º00’00” 500 315.466 9 186 903.861 D D– A Por la DERECHA DOMINIO DEL ESTADO 10.00 90º00’00” 500 309.627 9 186 911.979 PERIMETRO = 40.00 m AREA = 100.00 m2 2.- CÁMARA DE BOMBEO DE DESAGÜE Nº 06 (CBD Nº 06) ÁREA DEL TERRENO El área del Terreno es de: 100.00m2 PERÍMETRO La línea poligonal que delimita el perímetro del inmueble es: 40.00 m. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS El terreno tiene forma rectangular: Por el Frente : Con la Avenida Ladislao Espinar con 10.00 m. Por la Derecha Entrando : Con Terrenos de Dominio del Estado con 10.00 m.Por la Izquierda Entrando : Con Terrenos de Dominio del Estado con 10.00 m.Por el Fondo : Con Terrenos de Dominio del Estado con 10.00 m. CUADRO DE DATOS TECNICOS COORDENADAS UTM CAMARA DE BOMBEO DE DESAGUE Nº 06 CUADRO DE DATOS TECNICOS COORDENADAS UTM VERTICE LADO LINDEROS DATOSDISTANCIAS (m)ANGULO INTERNOESTE NORTE A A – B Por el FONDO DOMINIO DEL ESTADO 10.00 90º00’00” 499 313.75 9 187 176.16 B B – C Por la DERECHA DOMINIO DEL ESTADO 10.00 90º00’00” 499 323.03 9 187 172.43