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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2018 (20/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Martes 20 de marzo de 2018 / El Peruano METODOLOGÍA Describe los aspectos metodológicos seguidos para la formulación de la política, conforme a la metodología aprobada por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, así como aquellos aspectos especí fi cos (bases de datos, métodos de análisis, encuestas, experiencia comparada, entre otros) que se requieran para abordar la materia objeto de la política. DIAGNÓSTICO Incluye la identi fi cación de la problemática o necesidad pública de alcance nacional; la elaboración de las alternativas de solución; y, la selección de la alternativa de política más efectiva y viable. El diagnóstico debe estar sustentado en evidencia existente, tales como datos estadísticos, experiencia comparada, lecciones aprendidas, juicios de expertos, estudios e investigaciones, entre otros. POLÍTICAS RELACIONADAS Identi fi ca la relación de políticas nacionales, detallándose el o los objetivos, lineamientos, variables, entre otros, con los que la política nacional que se está desarrollando se vincula o enmarca. 2. OBJETIVOS PRIORITARIOS 2.1 Describe el o los objetivos de la política nacional. Responden a la problemática identi fi cada y se formulan a nivel de resultados o impactos esperados. Guían el accionar de las entidades públicas, orientan sus recursos y se plani fi can en sus respectivos documentos de planeamiento. 2.2 Por cada objetivo se desarrolla: a) La situación actual. Describe el problema especí fi co asociado al objetivo a desarrollar. b) Los responsables. Identi fi ca a las entidades públicas involucradas en la consecución del objetivo, especi fi cándose su responsabilidad. 3. LINEAMIENTOS Defi nen las estrategias que deben seguir las entidades públicas involucradas para alcanzar los objetivos prioritarios. 4. ESTANDARES NACIONALES DE CUMPLIMIENTO Se conforman por las características o atributos de los bienes o servicios que deben ser prestados por las entidades públicas. 5. LA PROVISIÓN DE SERVICIOS QUE DEBEN SER ALCANZADOS Y SUPERVISADOS PARA ASEGURAR EL NORMAL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS (SEGÚN CORRESPONDA) Comprenden los servicios que deben ser prestados, identi fi cando a sus proveedores, cobertura, alcance y facilidad de acceso. 6. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN Establece al Ministerio rector o conductor responsable de recoger y sistematizar información respecto al cumplimiento de los objetivos. En el caso de una política nacional multisectorial el Ministerio conductor coordina con los otros ministerios el cumplimiento de sus objetivos, en el marco de sus competencias y funciones sin requerir de la conformación de una comisión. 7. GLOSARIO Y ACRÓNIMOS (SEGÚN CORRESPONDA) a. Incluye un glosario de los términos usados en la política nacional que requieran una de fi nición para su mejor comprensión. b. Incluye la relación de los acrónimos usados en el texto de la política nacional. 8. ANEXO(S) (SEGÚN CORRESPONDA) La política nacional podrá contener anexos que detallen aquellos aspectos que se consideren relevantes.9. BIBLIOGRAFÍA Comprende la relación de documentación bibliográ fi ca que se ha usado para formular la política nacional. La política nacional debe ser redactada con enfoque de género e interculturalidad, según corresponda. 1628015-1 Disponen que la fecha de concurrencia del Señor Presidente de la República a la “Ceremonia de Acción de Gracias por el Perú”, dentro de las actividades oficiales por Fiestas Patrias, será el día 29 de julio de cada año DECRETO SUPREMO Nº 030-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, las Iglesias Evangélicas del País organizan cada año la “Ceremonia de Acción de Gracias por el Perú”, como una celebración de carácter religioso que se enmarca dentro de las actividades por Fiestas Patrias en el país; Que, dicha Ceremonia congrega a las más altas autoridades políticas así como a los representantes de las Iglesias Evangélicas, contando con la presencia del Presidente de la República como parte de las actividades por Fiestas Patrias; Que, a través del Decreto Supremo N° 079-2010- PCM se incluyó dentro de las actividades o fi ciales del Señor Presidente de la República por Fiestas Patrias, su concurrencia a la “Ceremonia de Acción de Gracias por el Perú”, el día 30 de julio de cada año; Que, mediante el Decreto Supremo N° 069-2017-PCM se dispuso que para el año 2017 la concurrencia del Señor Presidente de la República a la “Ceremonia de Acción de Gracias por el Perú”, sea el día 29 de julio de dicho año; Que, resulta conveniente establecer la fecha de la concurrencia del Señor Presidente de la República a la “Ceremonia de Acción de Gracias por el Perú” a partir del presente año, dada la importancia de esta actividad en el marco de las Fiestas Patrias; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1.- Ceremonia de Acción de Gracias por el Perú Dispóngase que la fecha de concurrencia del Señor Presidente de la República a la “Ceremonia de Acción de Gracias por el Perú” organizada por las Iglesias Evangélicas dentro de las actividades o fi ciales por Fiestas Patrias, será el día 29 de julio de cada año. Artículo 2.- Derogación Derógase el Decreto Supremo N° 079-2010-PCM. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1628015-2