Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2018 (04/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 4 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros NÉSTOR FRANCISCO POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1644080-9

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CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República de Costa Rica, ha extendido una invitación al señor Presidente de la República para que participe en los actos oficiales de Transmisión de Mando Presidencial de ese país, que tendrán lugar del 7 al 8 de mayo de 2018, en la ciudad de San José, República de Costa Rica; Que, el alto nivel de participación en dichos actos oficiales pone de manifiesto la importancia que el Perú otorga a su relacionamiento con Costa Rica, lo que contribuye a generar espacios para el fortalecimiento de los tradicionales lazos de amistad y cooperación entre ambos países; Que, el señor Presidente de la República ha designado al Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, para que lo represente en los actos oficiales de Transmisión de Mando Presidencial de Costa Rica; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) Nº 358, del Despacho Ministerial, de 30 de abril de 2018; y, los memoranda OPP Nº OPP00625/2018 y Nº OPP00626/2018, de la Oficina de Programación y Presupuesto, ambos de 2 de mayo de 2018, que otorgan certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias; y, la Ley N.º 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión oficial, del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 7 al 8 de mayo de 2018, para participar en los actos oficiales de la Transmisión de Mando Presidencial de Costa Rica. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos US$ 1,129.68 Viáticos Total Número de por día viáticos días US$ US$ 315.00 2 630.00

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban ampliación de plazo para la adecuación de formatos para el "Libro de Operaciones de los títulos habilitantes para aprovechamiento forestal maderable" y el "Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 087-2018-MINAGRI-SERFOR/DE Lima, 2 de mayo de 2018 VISTO: El Informe Técnico N° 031-2018-MINAGRI-SERFORDGPCFFS-DPR del 30 de abril de 2018, emitido por la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; el mismo que de acuerdo a lo dispuesto mediante el artículo 14 tiene, entre otras, la función de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, en virtud a lo dispuesto en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre - Ley N° 29763 y en el Reglamento para la Gestión Forestal aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, se promulgó la Resolución de Dirección Ejecutiva Nos 262-2017-SERFOR/DE y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 263-2017-SERFOR/DE, a través de los cuales se aprobaron el "Formato de Libro de Operaciones de los títulos habilitantes para aprovechamiento forestal maderable" y el "Formato de Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables", respectivamente; Que, los artículos 3, 4 y 5 de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva citadas en el párrafo anterior, respectivamente disponen: "Un periodo de 60 días hábiles para que los titulares de los titulo habilitantes se adecuen a las disposiciones previstas" y "Encargan a la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SEROR, llevar a cabo las acciones y coordinaciones necesarias con las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre para brindar orientación a los administrados sobre lo dispuesto en la presente resolución"; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 007-2018-MINAGRI-SERFOR-DE con fecha 18 de enero de 2018, se aprobó la ampliación de plazo hasta el 30 de abril de 2018 para que los titulares de título habilitantes para aprovechamiento forestal maderable y los titulares de centros de transformación primaria de productos forestales y subproductos forestales se adecuen a las disposiciones prevista en las resoluciones de aprobación de los libros de operaciones respectivos;

Nombres y Apellidos Néstor Francisco Popolizio Bardales

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor David Alfredo Tuesta Cárdenas, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, a partir del 7 de mayo de 2018 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.

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