Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2018 (10/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Jueves 10 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, el Presupuesto Participativo es un proceso regulado por una norma general emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, con la finalidad de permitir la participación de la Sociedad Civil organizada en la determinación de proyectos que permitan el desarrollo del distrito, y que el presente documento es un complemento cuyo objetivo es facilitar que el proceso se ejecute ordenadamente; consecuentemente, la presente norma recoge, en su mayoría aspectos regulados en los procesos de Presupuesto Participativo desarrollados anteriormente por lo que, al no haber cambios sustanciales, se encuentra exceptuada su pre publicación. Que, es necesario establecer las normas que reglamentan el proceso dentro del cual los representantes de la Sociedad Civil del distrito de Chaclacayo, van a participar en la elaboración y formulación del presupuesto participativo basado en resultados para el año fiscal 2019; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2019 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019, de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, cuyo texto íntegro forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a todos los involucrados del Proceso del Presupuesto Participativo, y órganos competentes de la Municipalidad de Chaclacayo, el fiel cumplimiento del presente Reglamento, así como velar por el cumplimiento de los fines del mismo. Artículo Tercero.- DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Ordenanza y Reglamento, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Chaclacayo, al día siguiente de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1645850-1

Que, conforme establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, es política de la Municipalidad de Cieneguilla promover el matrimonio como institución social y brindar facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebración del matrimonio comunitario y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como célula básica de la sociedad; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de vistos, resulta pertinente aprobar la presente norma; De conformidad a lo dispuesto por los artículos 9° numerales 8) y 9), 20º numeral 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Civil Comunitario, a llevarse cabo el día 16 de junio de 2018, en la Plaza de Armas del distrito de Cieneguilla, estableciéndose como plazo de inscripción al día siguiente de la publicación de la presente norma y culmina el 09 de junio de 2018. Artículo Segundo.- ESTABLECER que las parejas que pretendan contraer matrimonio civil comunitario deberán presentar los requisitos exigidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Cieneguilla y cancelar como pago único el monto de S/. 60.00 (sesenta y 00/100 soles). Artículo Tercero.- DISPENSAR a los contrayentes del trámite de publicación de los avisos matrimoniales. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la celebración del Matrimonio Civil Comunitario se rige por las disposiciones del Código Civil vigente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a Secretaría General, a la Gerencia de Desarrollo Social, a la Subgerencia de Gestión Documentaria, a la Subgerencia de Logística y a la Subgerencia de Tesorería el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y, a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la adecuada difusión de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1645419-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ordenanza que aprueba la celebración del Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 280-MDC Cieneguilla, 26 de abril de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 040-2018-MDC-SG-SGGD de la Subgerencia de Gestión Documentaria, el Memorando N° 028-2018MDC/GPP, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 115-2018-MDC/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Ordenanza que aprueba la celebración del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el día sábado 16 de junio de 2018, en el distrito de Cieneguilla; y,

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Ratifican Plan Distrital de Ciudadana 2018 del distrito
ORDENANZA Nº 265-MDL Chosica, 18 de abril de 2018.

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