Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2018 (10/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de mayo de 2018 /

El Peruano

RENUNCIA ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 Lima, veinticuatro de abril de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 043-2018-MPC/AL, recibido el 10 de abril de 2018, a través del cual Rafael Alexis Urbina Rivera, teniente alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, remitió documentación relacionada a la renuncia presentada por el alcalde Juan Ricardo Víctor Sotomayor García. CONSIDERANDOS 1. El artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, Congresista, Gobernador o Vicegobernador del Gobierno Regional los alcaldes deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva. 2. Así también, el artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, establece que se encuentran impedidos de ser candidatos en las elecciones regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de presidente regional (actual gobernador regional), salvo que renuncien de manera irrevocable ciento ochenta (180) días antes de la fecha de elecciones. 3. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 10 de enero de 2018, el Presidente de la República convocó al proceso de Elecciones Regionales y Municipales para el 7 de octubre del presente año. 4. En ese contexto, considerando los plazos antes mencionados, se tiene que los alcaldes que pretendan postular a gobernadores o vicegobernadores regionales en los próximos comicios electorales deben presentar sus renuncias al cargo, ante el respectivo concejo municipal, hasta el 7 de abril de 2018. 5. De otro lado, a través de la Resolución Nº 00812018-JNE (publicada en el diario oficial El Peruano, el 9 de febrero de 2018, y también en el portal electrónico institucional , enlace "Publicación, Reglamentos y disposiciones normativas ERM 2018"), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones reguló los mecanismos de reemplazo de autoridades regionales y municipales que participan como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 6. Así, en su artículo segundo estableció lo siguiente: a) La presentación de la renuncia del alcalde tiene como efecto inmediato que el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume las funciones del titular. b) El regidor que asume la alcaldía debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en el cargo de alcalde, así como la del accesitario que asumirá la función de regidor para completar el número de miembros del concejo municipal, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia antes señalada. 7. En el presente caso, se advierte que, con fecha 4 de abril de 2018, Juan Ricardo Víctor Sotomayor García, alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao presentó ante la Secretaría General de la entidad edil su renuncia al cargo (fojas 2), con el propósito de participar en las Elecciones Regionales de 2018. 8. Dicha renuncia fue puesta en conocimiento de los miembros del concejo provincial en la sesión ordinaria, del 5 de abril de 2018 (fojas 8 a 17), en la cual, por unanimidad, se aceptó la renuncia irrevocable presentada por el alcalde distrital y se encargó el despacho municipal al teniente alcalde Rafael Alexis Urbina Rivera. Tales decisiones se formalizaron en el Acuerdo de Concejo Nº 037-2018 (fojas 3 y 4). 9. Así las cosas, estando a que la renuncia fue presentada dentro del plazo legal, en aplicación del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que en casos de vacancia o de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a Juan

Ricardo Víctor Sotomayor García, como alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao y convocar a Rafael Alexis Urbina Rivera, identificado con DNI Nº 09384539, para que asuma dicho cargo, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 10. De otro lado, con el propósito de completar el número de regidores del Concejo Provincial del Callao, corresponde convocar a Víctor Alipio Suelpres Jerez, identificado con DNI Nº 25729537, candidato no proclamado de la organización política Alianza Electoral Chimpum Callao, para que asuma el cargo de regidor del citado concejo provincial, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 11. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 5 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Callao, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial que le fuera otorgada a Juan Ricardo Víctor Sotomayor García, como alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Rafael Alexis Urbina Rivera, identificado con DNI Nº 09384539, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Víctor Alipio Suelpres Jerez, identificado con DNI Nº 25729537, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital del Callao, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1646030-8

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Jaén, departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN Nº 0249-2018-JNE Expediente Nº J-2017-00488-C01 JAÉN - CAJAMARCA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticinco de abril de dos mil diecisiete VISTO el Oficio Nº 125-2018-MPJ/GSG, recibido el 8 de marzo de 2018, a través del cual la Municipalidad Provincial de Jaén, departamento de Cajamarca, remitió el expediente sobre el procedimiento de suspensión tramitado contra Edita Arévalo Pérez, regidora de dicha comuna, por la causal de sentencia condenatoria emitida

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