Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2018 (10/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Jueves 10 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Control Institucional, y demás Órganos Estructurados del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la Institución, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ Consejero Delegado Consejo Regional 1645275-1

del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus leyes modificatorias y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, modificado mediante Ordenanza Regional Nº 047-2013-CR-GRH; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la Secretaría General del Gobierno Regional de Huánuco, publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como la publicación de su Anexo en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco, conforme a lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco y demás Órganos estructurados del Gobierno Regional de Huánuco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1645275-2

Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 142-2018-GRH/GR Huánuco, 7 de marzo del 2018 VISTO: El Expediente del Sistema de Gestión Documentaria Nº 639200, que contiene el Proveído S/N de fecha 23 de febrero de 2018, emitido por el Gerente General Regional; el Informe Nº 072-2018-GRH/GRPPAT su fecha de recepción 23 de febrero de 2018, emitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 41-2018-GRHGRPPAT/SGDIS de fecha 21 de febrero de 2018, emitido por la Sub Gerente de Desarrollo Institucional y Sistemas; y demás recaudos que se anexan; CONSIDERANDO: Que, el numeral 2) del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la autonomía administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, con el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, establecen disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, cuyo artículo 2º señala que: "El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago"; Que, asimismo el referido artículo agrega que la Resolución a que se refiere el párrafo precedente deberá ser publicada en la misma oportunidad en que se publica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad correspondiente; Que, mediante Informe Nº 41-2018-GRH-GRPPAT/ SGDIS de fecha 21 de febrero de 2018, la Sub Gerente de Desarrollo Institucional y Sistemas; en atención al Informe Técnico Nº 002-2018-GRH-GRPPAT/SGDIS-LABR de fecha 21 de febrero de 2018, solicita la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco; en ese sentido, devine en necesario la expedición del presente acto resolutivo; Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el inciso a) y d)

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Aprueban el Reglamento de la Comisión Regional Anticorrupción de Junín - CRAJ
DECRETO REGIONAL Nº 001-2018-GRJ/GR Huancayo, 6 de marzo de 2018 VISTO: El Oficio Nº 001-2018-CRAJ, de fecha 13 de febrero de 2018, mediante el cual se solicita la aprobación del Reglamento de la Comisión Regional Anticorrupción de Junín - CRAJ; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27868, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28961, 28968 y 29053, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y cuentan con autonomía política y administrativa en asuntos de sus competencia; su finalidad esencial es el de fomentar el desarrollo regional integral y sostenible, promoviendo la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con sus planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, habiéndose creado la Comisión Regional Anticorrupción de Junín - CRAJ por Ordenanza Regional Nº 256-GRJ/CR de fecha 21 de marzo de 2017, resulta de interés regional la necesidad de reglamentar dicha Comisión a efectos de implementar políticas regionales que contribuyan a una cultura de paz de valores y de respeto irrestricto a los Derechos Humanos; en tal virtud resulta urgente aprobar el Reglamento de la Comisión Regional Anticorrupción de Junín mediante Decreto Regional; Que, conforme a lo expuesto el Reglamento de la Comisión Regional Anticorrupción de Junín, regula su organización y funciones, así como la propia estructura orgánica de la Comisión Regional Anticorrupción de Junín - CRAJ entre otras acciones propias de su función, lo que debe validarse mediante el presente Decreto Regional, así como su publicación en la forma establecida por ley, a fin que la colectividad regional conozca y se identifique con la Comisión Regional Anticorrupción de Junín;

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