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100 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 / El Peruano 1.- Conversión del 1° Juzgado Penal Liquidador Transitorio, en 2° Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio en adición Juzgado Penal Liquidador. 2.- Ampliación de competencia del Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio en adición Juzgado Penal Liquidador, 1° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas y del Juzgado Mixto de Loreto - Nauta, en adición Juzgado Penal Unipersonal; para que conformen el 2° Juzgado Penal Colegiado Conformado de la Corte Superior de Justicia de Loreto. 3.- Conversión del Juzgado Civil Transitorio de Maynas, en 4° Juzgado Penal Unipersonal Permanente Especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios. Segundo. Que, mediante O fi cio N° 706-2018-OPJ- CNPJ-CE/PJ, emitido por la O fi cina de Productividad Judicial, se recomendó desestimar la propuesta de conversión del Juzgado Civil Transitorio de Maynas en 4° Juzgado Penal Unipersonal Permanente especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Tercero. Que, por lo expuesto en el Informe N° 105-2018-MYE-ST-UETI-CPP/PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas necesarias para mejorar el servicio de administración de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades de servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 777-2018 de la trigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de diciembre del año en curso, las siguientes medidas en el Distrito Judicial de Loreto: 1. Convertir por el plazo de 6 meses el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas en adición de funciones Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, en 2° Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio de Maynas en adición de funciones como Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Maynas. 2. Disponer que el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas en adición Juzgado de Investigación Preparatoria, redistribuya todos los expedientes como Juzgado de Investigación Preparatoria al 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de la Provincia de Maynas. 3. Renombrar al Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio de Maynas en adición Juzgado Penal Liquidador, en 1° Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio en adición de funciones Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Maynas. 4. Ampliar la competencia del 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente a Supraprovincial, para que conozca los procesos con reos en cárcel de las Provincias de Requena, Ucayali, Ramón Castilla y Datem del Marañón. 5. Crear el 2° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado de Maynas el que estará constituido por: a) 1° Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio de Maynas. b) 2° Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio de Maynas; y c) Juzgado Mixto de Loreto - Nauta en adición de funciones Juzgado Penal Unipersonal. 6. Renombrar el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (conformado) de Maynas, por 1° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Maynas (conformado). 7. Redistribuir la carga procesal del 1° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Maynas (conformado), al 2° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Maynas (conformado). Artículo Segundo .- Desestimar la propuesta de conversión del Juzgado Civil Transitorio, en 4° Juzgado Penal Unipersonal Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Tercero .- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto .- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1718105-8 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Destacan y Felicitan la labor de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, que han alcanzado o superado el 100% del estándar de producción anual de los órganos jurisdiccionales establecido por Res. Adm. N° 185-2016-CE-PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1115-2018-P-CSJLN/PJ Independencia, veintinueve de noviembre del año dos mil dieciocho. VISTAS:Las Resoluciones Administrativas del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Nº 174 y 419-2014-CE-PJ del 14 de mayo y 17 de diciembre de 2014, respectivamente; las Resoluciones Administrativas Nº 170 y Nº 185-2016-CE-PJ del 6 y 20 de julio de 2016, El Informe N° 094-2018-OE-CSJLN/PJ del Área de Estadística sobre la productividad de los órganos jurisdiccionales; y, CONSIDERANDO:Es deber de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte supervisar y monitorear el desempeño de los órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial. Para tal efecto evalúa la información del área de estadística relativa al registro que los órganos jurisdiccionales ingresan de forma permanente en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) y Formulario Estadístico Electrónico (FEE), acorde a lo establecido