TEXTO PAGINA: 103
103 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 El Peruano / SEXTO: Bajo tal razonamiento, el Comité Electoral, consideró imperativo establecer reglas y procedimientos que brinden protección y tutela e fi caz del derecho a elegir y ser elegidos para desempeñar tan importantes cargos en nuestro sistema de justicia; por lo que mediante Resolución N° 001-2018-CECAV-CSJV-PJ de fecha cinco de octubre de dos mil dieciocho, aprobó el Reglamento Electoral, cronograma y formatos para las elecciones de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Ventanilla, señalando las normas y procedimientos mediante el cual los abogados inscritos en el Registro de Títulos de Abogados de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, expeditos para ejercer la profesión y residentes en el Distrito Judicial de Ventanilla, puedan ejercer el precitado derecho; y con el objetivo que el resultado de la elección sea fruto de la voluntad de la mayoría absoluta de los abogados inscritos y residentes en este Distrito Judicial en aras de garantizar la transparencia, legalidad, neutralidad y participación de los abogados inscritos, además de observar el cumplimiento estricto de los requisitos señalados en los artículos 2 y 3 de la Ley N° 1367. SÉTIMO: En ese contexto, con fecha diez de octubre del año dos mil dieciocho, el Comité Electoral dio inicio al proceso de elecciones de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Ventanilla con la Convocatoria N° 0001-2018-CECAV-CSJV/PJ y publicó la lista de los ciento diecinueve (119) abogados inscritos hasta el cinco de octubre del presente año en el Registro de Títulos de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, página web institucional, Facebook de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; así como también remitió un correo con la información necesaria a todos los abogados inscritos que consignaron su correo personal, a efectos que el día once de octubre del dos mil dieciocho, conforme al cronograma electoral, presenten sus declaraciones juradas sobre su residencia en el Distrito Judicial de Ventanilla y estado de habilitación según Formato “E”. OCTAVO: Por Resolución N° 003-2018-CECAV- CJSV/PJ de fecha quince de octubre de dos mil dieciocho, el Comité Electoral aprobó el Padrón Electoral Preliminar que incluyó a treinta y tres (33) abogados que cumplieron con presentar sus declaraciones juradas con toda la información requerida, esto es con indicación de sus nombres y apellidos, documento de identidad, domicilio real, domicilio procesal, dirección electrónica, número de celular, declaración de estar habilitados para ejercer la profesión y residir en el Distrito Judicial de Ventanilla no menor de dos (2) años, fi rma, registro de colegiatura y huella dactilar, conforme lo establece el artículo 24 del Reglamento Electoral, siendo publicado en la página web institucional de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el periodo de tachas. Asimismo, en la citada resolución el Comité rechazó las declaraciones juradas de don Alejandro Carlos Castiglioni Chiglino y don Ernesto Rolando De La Cruz Romero, en estricta aplicación de los artículos 1, 4 y 24 del Reglamento Electoral; y excluyó del proceso electoral a ochenta y cinco (85) abogados por cuanto no cumplieron con presentar las declaraciones juradas de encontrarse hábiles para ejercer la profesión y residir en el Distrito Judicial de Ventanilla. NOVENO: En el cronograma de elecciones, se estableció el día dieciséis de octubre de dos mil dieciocho como fecha de presentación de tachas; por lo que la secretaría técnica del Comité Electoral en Sesión N° 003-2018 de fecha diecisiete de octubre de dos mil dieciocho, dio cuenta que los abogados con derecho a sufragio no formularon tachas contra ningún participante que aparece en el padrón electoral preliminar. En ese sentido, el Comité, mediante Resolución N° 003-2018-CECAV-CSJV/PJ de fecha diecinueve de octubre de dos mil dieciocho, aprobó el Padrón Electoral O fi cial que incluía a los treinta y tres abogados del Padrón Electoral Preliminar por reunir los requisitos establecidos en los artículos 4 y 24 del Reglamento Electoral, el mismo que fue publicado en la página web institucional de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. DÉCIMO: El día veintidós de octubre del dos mil dieciocho, se estableció como fecha de presentación de las solicitudes de inscripción de listas y fecha de presentación de los requisitos establecidos en el artículo 10 del Reglamento Electoral para los postulantes a los cargos de Decano, Vicedecano, Secretario General, Director de Economía , Director Académico y Promoción Cultural , Director de Comisiones y Consultas , Director de Ética Profesional , Director de Defensa Gremial , Director de Comunicaciones e Informática Jurídica , Director de Bienestar Social , Director de Biblioteca y Centro de Documentación , Director de Extensión Social y Participación y Director de Derechos Humanos. En tal contexto, la secretaría técnica del Comité Electoral en Sesión N° 004-2018 de fecha veintitrés de octubre de dos mil dieciocho, dio cuenta que en la fecha programada sólo se inscribió una lista para la Elección de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Ventanilla conformada por trece (13) integrantes, quienes fueron observados en sus solicitudes de inscripción por no reunir todos los requisitos establecidos en el artículo 10 del Reglamento Electoral, procediendo el Comité Electoral en la fecha a noti fi carlos para que subsanen. DÉCIMO PRIMERO: En Sesión N° 005-2018 de fecha veintiséis de octubre de dos mil dieciocho, el Comité Electoral procedió a revisar cada una de las solicitudes de subsanación de los postulantes, acordando por unanimidad admitir la inscripción de la Lista con la denominación de Lista Única por cumplir con los requisitos exigidos en los artículo 10 y 11 del Reglamento Electoral, la inscripción de doce postulantes al reunir los requisitos establecidos en el artículo 10 del Reglamento Electoral y por mayoría canceló la inscripción de la postulante Magna Myriam Ortega Gonzales y publicó la lista preliminar integrada por doce postulantes en la página web institucional de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. DÉCIMO SEGUNDO: Mediante escrito de fecha veintinueve de octubre de dos mil dieciocho, el personero legal Raúl Darío Ferro Aguirre, interpuso recurso de reconsideración contra la citada Resolución N° 004-2018-CECAV-CSJV/PJ en el extremo que canceló la inscripción de la postulante Magna Myriam Ortega Gonzales; siendo resuelto por el Comité Electoral con la Resolución N° 005-2018-CECAV-CSJV/PJ de fecha treinta de octubre de dos mil dieciocho, que declaró por mayoría infundado el recurso de reconsideración y ordenaron a la lista que designe a otro postulante al cargo de Director de Ética Profesional, el cual fue materializado en el escrito de fecha cinco noviembre del dos mil dieciocho, designando a doña Flavia Isolina Peralta Méndez. DÉCIMO TERCERO: Por Resolución Administrativa N° 006-2018 de fecha siete de noviembre de dos mil dieciocho, el Comité Electoral aprobó la Lista O fi cial de Candidatos a la Junta Directiva para instalar el Colegio de Abogados de Ventanilla, que incluyó a la Lista Única integrada por trece postulantes por reunir los requisitos establecidos en el artículo 10 del Reglamento Electoral; motivo por el cual el día sábado diez de noviembre de dos mil dieciocho el Comité Electoral realizó la jornada electoral de Elección de la Junta Directiva para instalar el Colegio de Abogados de Ventanilla en cumplimiento estricto del cronograma electoral y del artículo 55 del Reglamento Electoral, que establece que en caso de presentarse sólo una lista candidata en el proceso electoral, se procederá a realizar las elecciones con voto secreto y se le declarará ganadora si obtiene mayoría simple de votos. DÉCIMO CUARTO: En ese sentido, en la citada fecha la jornada electoral se inició a las 9:00 horas con la instalación de la Mesa Única de Sufragio conforme consta en el Acta de Instalación, conformada por los miembros titulares: Magna Myriam Ortega Gonzales (Presidenta), Aida Margarita Cubillas Salvador (Secretaria) y Esperanza Beatriz Delgado Narro (Vocal), quienes fueron designadas por sorteo el día siete de noviembre de dos mil dieciocho. Asimismo, desde 9:05 hasta 16:00 horas se llevó a cabo el acto de sufragio, apersonándose treinta y dos (32) electores que fi guraban en el Padrón Electoral Ofi cial a emitir su voto secreto, sin registrarse incidencias ni observaciones, según se aprecia del Acta de Sufragio. Luego de culminada la jornada electoral, los miembros de mesa procedieron a realizar el escrutinio, obteniéndose como resultado treinta y dos (32) votos a favor de la Lista Única, sin registrarse votos en blanco, nulos, impugnados, ni incidencias ni observaciones, conforme se advierte del Acta de Escrutinio.