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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (30/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 / El Peruano DÉCIMO QUINTO: En la citada fecha de elecciones, conforme se observa del Acta General de Elección de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Ventanilla de fecha diez de noviembre de dos mil dieciocho, los miembros titulares de la Mesa Única de Sufragio, luego de culminada su labor electoral, entregaron los resultados al Comité Electoral, motivo por el cual la Presidenta del Comité Electoral procedió en el acto a publicar los resultados de las elecciones, señalando como virtual ganador a la Junta Directiva dirigida por el Señor Abogado Roger Melendrez Morales, al obtener el 100% de votos a favor de treinta y dos electores que se apersonaron a sufragar en la fecha. DÉCIMO SEXTO: En Sesión N° 008-2018 de fecha trece de noviembre de dos mil dieciocho, habiendo transcurrido el plazo señalado en el artículo 52 del Reglamento Electoral, dos días hábiles, la secretaria técnica del Comité Electoral dio cuenta que no se presentó ninguna solicitud de nulidad contra los resultados publicados el día sábado diez de noviembre de dos mil dieciocho, por lo que el Comité Electoral mediante la Resolución N° 007-2018-CECAV-CSJV/PJ de fecha catorce de noviembre de dos mil dieciocho proclamó o fi cialmente a la Lista Única como ganadora o fi cial de la Elección de la Junta Directiva para instalar el Colegio de Abogados de Ventanilla al superar la mayoría simple de votos, que exige el artículo 55 del Reglamento Electoral, con treinta y dos votos a favor. Asimismo, en la citada resolución declaró la conclusión del proceso electoral al culminar estrictamente cada una de las etapas del proceso. DÉCIMO SÉTIMO: Por lo antes expuesto, en el marco de las facultades conferidas en la Ley N° 1367 a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, luego de haberse proclamado a la Lista Única como ganadora de los comicios de la Junta Directiva, además de haberse garantizado la transparencia, legalidad, neutralidad y participación de los abogados inscritos en el proceso electoral y comicios de la Junta Directiva realizado el día sábado diez de noviembre de dos mil dieciocho, demostrándose con ello el estricto cumplimiento de los requisitos exigidos en la citada Ley y el Reglamento Electoral, corresponde a ésta Presidencia instalar un Colegio de Abogados en este distrito judicial como órgano autónomo, independiente y representativo de los abogados que agremie a dichos profesionales. DÉCIMO OCTAVO: Los Colegios de Abogados, son colegios profesionales reconocidos por la Constitución Política del Estado, cuyos principios y fi nes están orientados a la promoción y defensa de la justicia, defensa y difusión de los derechos humanos, cautela del ejercicio profesional con honor, e fi ciencia, ética, solidaridad y responsabilidad social, protección y defensa de la dignidad del abogado, defensa de las causas justas de la nación peruana, así como los principios democráticos, humanistas y a desarrollar una educación jurídica permanente en todos los niveles de la sociedad. DÉCIMO NOVENO: Siendo ello así, esta Presidencia, en mérito a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 1367, a efectos que se garanticen en este distrito judicial los principios y fi nes que inspiran a los Colegios de Abogados, procederá a instalar el Colegio de Abogados de Ventanilla, reconociendo a la Junta Directiva elegida por mayoría absoluta y en votación secreta, como órgano de gobierno y gestión del Colegio de Abogados de Ventanilla, a los siguientes abogados: ItemApellido PaternoApellido MaternoNombres Cargo 1 Melendrez Morales Roger Decano 2 Zea Lazon Vicente Vicedecano 3 Sánchez Bazán Ángel Germán Secretario General 4 Acuña Flores FélixDirector de Defensa Gremial 5 Alzamora MoranShirley RoxalindDirector de Comunicaciones e Informática Jurídica 6 Bravo Cuneo Mario CesarDirector de Biblioteca y Centro De DocumentaciónItemApellido PaternoApellido MaternoNombres Cargo 7 Céspedes Céspedes Diana CarmenDirector de Bienestar Social 8 Flores Torres Irma MónicaDirector de Extensión Social y Participación 9 Huamani Parco AntonioDirector de Comisiones y Consultas 10 Meza Serrano Jorge LuisDirector Académico y Promoción Cultural 11 Peralta Méndez Flavia IsolinaDirector de Ética Profesional 12 Ríos Rosales Javier LuisDirector de Derechos Humanos 13 Troncos Delfín Andrés Alberto Director de Economía Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el artículo 2 de la Ley N° 1367, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, RESUELVE:Artículo Primero.- INSTALAR el COLEGIO DE ABOGADOS DE VENTANILLA, como órgano autónomo, independiente y representativo de los abogados que agremie. Artículo Segundo.- RECONOCER a la JUNTA DIRECTIVA elegida por mayoría absoluta en votación secreta, como órgano de gobierno y gestión del Colegio de Abogados de Ventanilla, según la siguiente relación: ItemApellido PaternoApellido MaternoNombres Cargo 1 Melendrez Morales Roger Decano 2 Zea Lazon Vicente Vicedecano 3 Sánchez Bazán Ángel German Secretario General 4 Acuña Flores FélixDirector de Defensa Gremial 5 Alzamora MoranShirley RoxalindDirector de Comunicaciones e Informática Jurídica 6 Bravo Cuneo Mario CesarDirector de Biblioteca y Centro De Documentación 7 Céspedes Céspedes Diana CarmenDirector de Bienestar Social 8 Flores Torres Irma MónicaDirector de Extensión Social y Participación 9 Huamani Parco AntonioDirector de Comisiones y Consultas 10 Meza Serrano Jorge LuisDirector Académico y Promoción Cultural 11 Peralta Méndez Flavia IsolinaDirector de Ética Profesional 12 Ríos Rosales Javier LuisDirector de Derechos Humanos 13 Troncos Delfín Andrés AlbertoDirector de Economía Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente Resolución Administrativa a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, a la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, O fi cina de Administración Distrital e Interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1717500-1