Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2018 (23/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 23 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cusco, Huánuco, Piura y Puno, Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco y Piura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1704570-1

c) La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete ha solicitado que se amplié la prórroga de la itinerancia por un periodo de seis meses del Juzgado de Paz Letrado y en adición a sus funciones Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Ayaviri, Provincia de Yauyos al Distrito de Quinches de la misma provincia, en atención a lo solicitado con Oficio N° 106-2018-A/MDQ por la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Quinches; periodo de itinerancia con el cual se concuerda, a efecto de continuar acercando los servicios de administración de justicia que brinda el órgano jurisdiccional hacia la población que reside en el Distrito de Quinches y en los distritos y centros poblados colindantes, de la misma provincia y Corte Superior, en el marco de las "100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad" y el "Plan Nacional de Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad-Poder Judicial del Perú 2016-2021". Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar, a partir del 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2018, la itinerancia que realiza el Juzgado de Paz Letrado, en adición a sus funciones Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Ayaviri, Provincia de Yauyos, Corte Superior de Justicia de Cañete, hacia el Distrito de Quinches de la misma provincia y Distrito Judicial; sin perjuicio de cumplir con los plazos de los procesos penales con el Nuevo Código Procesal Penal que en adición a sus funciones está a su cargo, y de acuerdo al cronograma que apruebe el Presidente de la referida Corte Superior. Artículo Segundo.- Los gastos que se genere por la labor de itinerancia del referido órgano jurisdiccional, serán financiados en su totalidad con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a la Corte Superior de Justicia de Cañete. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidente de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina de Productividad Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1704570-2

Amplían plazo de labor de itinerancia que realiza órgano jurisdiccional en el distrito de Quinches, Corte Superior de Justicia de Cañete
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 183-2018-P-CE-PJ Lima, 19 de octubre de 2018 VISTOS: El Oficio N° 785-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ e Informe N° 082-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, en relación al Oficio N° 618-2018-PJ-CSJCÑ-P, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 096-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo de 2018, se dispuso que el Juzgado de Paz Letrado, en adición a sus funciones Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Ayaviri, Provincia de Yauyos, Corte Superior de Justicia de Cañete, a partir del 1 de abril y hasta el 30 de setiembre de 2018, efectúe labor de itinerancia en el Distrito de Quinches de la misma provincia y Distrito Judicial; de acuerdo al cronograma que apruebe el Presidente de la referida Corte Superior. Segundo. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sobre la base del Informe N° 029-2018-AE-OA-CSJCÑ-PJ elaborado por el Encargado del Área de Estadística de dicha Corte Superior, solicita ampliar por un periodo de seis meses la itinerancia del referido órgano jurisdiccional en atención a lo solicitado mediante Oficio N° 106-2018-A/MDQ por la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Quinches. Tercero. Que, mediante Oficio N° 785-2018-OPJCNPJ-CE/PJ, el Jefe (e) de la Oficina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 082-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ a través del cual informó lo siguiente: a) El Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Ayaviri, Provincia de Yauyos, tanto en su función principal de juzgado de paz letrado y función adicional como juzgado de investigación preparatoria, se encuentra en "Subcarga" procesal, lo cual permite efectuar la labor de itinerancia en la Zona Nor Oeste de la Provincia de Yauyos, sin que afecte la labor jurisdiccional cotidiana en el Distrito de Ayaviri de la misma provincia. b) De acuerdo a lo informado por el Área de Estadística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, los litigantes de los Distritos de Cochas, San Joaquín, Huañec, Quinches, Quinocay, Huampará y San Pedro de Pilas, para trasladarse al Juzgado de Paz Letrado de Ayaviri, utilizaban un tiempo estimado entre 2 y 3 horas, vía carretera de tipo trocha carrozable.

Amplían plazo de labor de itinerancia que realizan órganos jurisdiccionales a la provincia de Caylloma, en apoyo de juzgado mixto y juzgado de paz letrado del distrito de Majes, Corte Superior de Justicia de Arequipa
PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 184-2018-P-CE-PJ Lima, 19 de octubre de 2018

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