Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2018 (19/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 19 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

65

Que, en la Convención Colectiva de Trabajo ­ Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2018-2019, Expediente N° 120-2018-MTPE/2.14-NC, se acordó entre otros, que a partir del 1 de junio de 2018 los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos a través del Oficio Nº 318-2018-INEI/DTIE, en base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2018-2019, al haberse producido variación en los jornales de Construcción Civil, solicita la aprobación del Factor de Liquidación "V" correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2017 a mayo de 2018; el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción del Instituto Nacional de Estadística e Informática; tal como se desprende del informe Nº 02-08-2018-INEI/DTIE; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Factores de Liquidación "V" para el cálculo de la Compensación Vacacional de los trabajadores de Construcción Civil para las seis (06) Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2017 a mayo de 2018, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producida a partir del mes de junio del 2018, en la forma siguiente: ---------------------------------------------------------------------MES / AÑO FACTOR DE LIQUIDACIÓN "V" JUNIO 2017 - MAYO 2018 ---------------------------------------------------------------------Junio 2017 0,88 Julio 2017 0,88 Agosto 2017 0,88 Setiembre 2017 0,88 Octubre 2017 0,88 Noviembre 2017 0,88 Diciembre 2017 0,88 Enero 2018 0,88 Febrero 2018 0,88 Marzo 2018 0,88 Abril 2018 0,88 Mayo 2018 0,88 ---------------------------------------------------------------------Artículo 2.- Los Factores de Liquidación "V" precisados en el artículo precedente, se aplicarán según la fórmula aprobada por Resolución Jefatural N° 022-94 INEI, donde "V" corresponde al mes efectivo de pago de la valorización. Artículo 3.- Los Factores de Liquidación "V" de la presente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación "V" anterior. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO COSTA APONTE Jefe (e) 1692916-3

Visto, el Oficio Nº 318-2018-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y el Oficio N° 28742018-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 033-90-VC-9200 de fecha 26 de Julio de 1990, el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construcción ­ CREPCO, creó el Factor de Liquidación "F" y aprobó la fórmula del cálculo de reintegro por concepto de pago de Compensación por Tiempo de Servicios, disponiendo que cada vez que se produzca una variación en los jornales de Construcción Civil que afecte el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios, deberá publicarse dicho factor de Liquidación; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena y Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, se declara en desactivación y disolución el Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO), transfiriendo al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, mediante Oficio N° 2874-2018-MTPE/2/14 la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remite el Convenio Colectivo en Construcción Civil relativo al procedimiento de negociación colectiva correspondiente al período 2018-2019 de la Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú-FTCCP; asimismo, remite el Auto Directoral General Nº 258-2018, en la cual, se dispone tener por presentado el Convenio Colectivo de Trabajo, periodo 2018-2019, suscrito el 10 de agosto de 2018, entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú y la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO; Que, en la Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2018-2019, Expediente N° 120-2018-MTPE/2.14-NC, se acordó entre otros, que a partir del 1 de junio de 2018 los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos a través del Oficio Nº 318-2018-INEI/DTIE, en base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2018-2019, al haberse producido variación en los jornales de Construcción Civil, solicita la aprobación del Factor de Liquidación "F" correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2017 a mayo de 2018, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción del Instituto Nacional de Estadística e Informática, tal como se desprende del Informe Nº 02-08-2018-INEI/ DTIE; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Factores de Liquidación "F" para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicios de los trabajadores de Construcción Civil para las seis (06) Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2017 a mayo de 2018, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producida a partir del mes de junio 2018, en la forma siguiente: ---------------------------------------------------------------------MES / AÑO FACTOR DE LIQUIDACIÓN "F" JUNIO 2017 - MAYO 2018 ---------------------------------------------------------------------Junio 2017 1,16 Julio 2017 1,16 Agosto 2017 1,16 Setiembre 2017 1,16 Octubre 2017 1,16

Aprueban Factores de Liquidación "F" para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicios de los trabajadores de Construcción Civil para las seis Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2017 a mayo de 2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 279-2018-INEI Lima, 17 de setiembre de 2018

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.