NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (27/09/2018)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Jueves 27 de setiembre de 2018 El Peruano / VISTOS: el O fi cio N° 00005-2018-SENACE/PE, con Registro N° 2852573, de fecha 11 de setiembre, mediante el cual el Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE solicita la designación de representantes, titular y alterno, ante el Consejo Directivo del SENACE, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley N° 29968, Ley de Creación del SENACE, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1394: y el Informe N° 914-2018-MEM/OGAJ, del 20 de setiembre de 2018, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley N° 29968, Ley de Creación del SENACE, establece que para el cumplimiento de sus fi nes, cuenta con la siguiente estructura básica: Alta Dirección, Consejo Directivo, la Jefatura, Órganos de Líneas y Órganos de Apoyo; Que, el artículo 5 de la Ley precitada, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, señaló que el Consejo Directivo tiene, entre otras, las siguientes funciones: de fi nir y aprobar la Política Institucional del SENACE, de fi nir y aprobar el Plan Estratégico Institucional del SENACE, adoptar acuerdos referidos a los asuntos del SENACE que se sometan a su consideración; formular y aprobar, programas y proyectos en el ámbito de competencia del SENACE; Que, el artículo 6 de la Ley N° 29968, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1394, establece que el Consejo Directivo del SENACE estará conformado por el/la Presidente/a del SENACE, quien lo preside, y por un representante, titular y alterno, de los siguientes Ministerios, con capacidad de decisión y designados mediante Resolución Ministerial: a) Ministerio del Ambiente, b) Ministerio de Economía y Finanzas, c) Ministerio de Agricultura y Riego, d) Ministerio de Energía, e) Ministerio de Producción y f) Ministerio de Salud; Que, conforme el pedido solicitado por el Presidente Ejecutivo del SENACE, mediante O fi cio N° 00005-2018-SENACE/PE resulta pertinente designar mediante Resolución Ministerial a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de Energía y Minas ante el Consejo Directivo del SENACE; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, La Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de Energía y Minas ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles — SENACE, según el siguiente detalle: • Representante Titular: Ministro de Energía y Minas. • Representante Alterno: Viceministro de Minas Artículo 2.- Notificar copia de la presente resolución al Presidente/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1695578-1Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Electricidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 365-2018-MEM/DM Lima, 25 de setiembre de 2018VISTOS: El Informe N° 277-2018-MEM/OGA-ORH, de fecha 18 de setiembre de 2018, de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; y el Informe N° 911-2018-MEM/OGAJ, de fecha 19 de setiembre de 2018, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de con fi anza; Que, por convenir al servicio de este Ministerio, es necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; y, el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Resolución Ministerial N° 454-2007-MEM/DM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Karina Nilda Flores Gómez en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1695583-1 Reconforman el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 366-2018-MEM/DM Lima, 25 de setiembre de 2018VISTOS: El Informe Técnico N° 001-2018-MEM-SEG/ DN de la O fi cina de Defensa Nacional; y el Informe Nº 888-2018-MEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el artículo 3 de la citada Ley Nº 29664 dispone que la Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fi n último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta