Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2018 (27/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de setiembre de 2018 /

El Peruano

VISTO: El Informe N° 00139-2018-SENACE-GG-OA/ RH, emitido por la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente y mediante Decreto Supremo N° 009-2018-MINAM, se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se modifica la Ley N° 29968, en lo que respecta a la estructura orgánica del Senace, estableciendo en el literal 7.3 del artículo 7 que el Presidente Ejecutivo, antes Jefe, ejerce la representación legal del Senace y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, mediante el Informe del visto, la Unidad de Recursos Humanos indica que el señor JAVIER YAROSLAV FALCÓN SÁNCHEZ cumple con los requisitos del perfil del puesto establecido en el Clasificador de Cargos del Senace para ser designado como Gestor de Proyectos de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura; Que, estando vacante el cargo de Gestor de Proyectos de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, cargo considerado como Empleado de Confianza, según lo establecido en el Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 016-2018-MINAM; resulta necesario designar al servidor que ocupará dicho cargo; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor JAVIER YAROSLAV FALCÓN SÁNCHEZ, en el cargo de Gestor de Proyectos de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor JAVIER YAROSLAV FALCÓN SÁNCHEZ para conocimiento y a la Unidad de Recursos Humanos para los fines correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano; y, en el mismo día, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE 1696142-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Otorgan licencia institucional a la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en el distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 131-2018-SUNEDU/CD Lima, 26 de setiembre de 2018 I. VISTOS: La Solicitud de Licenciamiento Institucional con Registro de Trámite Documentario N° 4318-2016-SUNEDU-TD, presentada el 25 de febrero de 2016 por la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía (en adelante, la Universidad), el Informe Técnico de Licenciamiento N° 027-2018-SUNEDU/02-12 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe Legal N° 0307-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, II. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27250 de fecha 10 de diciembre del año 1999, se crea la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía (en adelante, la Universidad) y, mediante Resolución N° 228-2003-CONAFU del 15 de diciembre de 2003, el Consejo Nacional para la Autorización y Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU otorgó a la Universidad la autorización de funcionamiento provisional para brindar el servicio educativo universitario de las Carreras Profesionales de Educación Inicial Bilingüe y Educación Primaria Bilingüe. Asimismo, mediante Resolución N° 180-2006-CONAFU, del 3 de julio de 2006, el Conafu amplió la autorización provisional para las carreras de Ingeniería Agroforestal Acuícola e Ingeniería Agroindustrial; Que, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, la Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento; Que, los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades; Que, mediante Resolución N° 006-2015-SUNEDU/ CD, el Consejo Directivo de la Sunedu, aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano", que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional1; Que, el 25 de febrero de 2016, la Universidad presentó su Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI), adjuntando la documentación exigida por el artículo 13 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas

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Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de noviembre de 2015.

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