Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2018 (27/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de setiembre de 2018 /

El Peruano

un kit de conversión, por el plazo de cinco (05) años, actividad que deberá realizar en el local ubicado en la Av. Angamos Este N° 1663, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima. Artículo 2.- La empresa "AUTOCLASS S.A.C." bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
Acto Primera Inspección anual del taller Segunda Inspección anual del taller Tercera Inspección anual del taller Cuarta Inspección anual del taller Quinta Inspección anual del taller

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS
Designan Responsable Directivo y Responsable Operativo de la Gestión Documental de la SUTRAN
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 032-2018-SUTRAN/01.2 Lima, 21 de setiembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 32-2018-SUTRAN/04.2 de fecha 10 de agosto de 2018 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 257-2018-SUTRAN/04.1 de fecha 20 de setiembre de 2018 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancías en el ámbito nacional; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1310 se aprueban medidas adicionales de simplificación administrativa; estableciendo en su artículo 8° que las entidades de la Administración Pública deben interconectar sus sistemas de trámite documentario o equivalentes para el envío automático de documentos electrónicos entre dichas entidades, a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado ­ PIDE; asimismo, dispone que las entidades del Poder Ejecutivo deben adecuar sus sistemas de trámite documentario o equivalentes para el envío automático de documentos electrónicos con otras entidades, así como dentro de sus áreas, órganos y unidades, hasta el 31 de diciembre de 2018; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 001-2017-PCM/SEGDI, se aprueba el Modelo de Gestión Documental, que dispone en su artículo 4° que el Titular de la entidad debe designar a la máxima autoridad administrativa o quien haga sus veces, como Responsable Directivo de la Gestión Documental Institucional, quien se encarga de coordinar la implementación del Modelo de Gestión Documental en su entidad, así como también cumplir con las demás responsabilidades establecidas en el referido Modelo; Que, el numeral 8.2.2 de la referida Resolución que aprueba el Modelo de Gestión Documental establece dentro de las responsabilidades de dirección que ejerce el Responsable Directivo de la Gestión Documental Institucional el designar un Responsable Operativo, designación que deberá recaer, de preferencia, en el Responsable del Órgano de Administración de Archivos o quien haga sus veces en la Entidad; Que, el artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUTRAN, señala que "el Gerente General es la máxima autoridad administrativa de la entidad...". En concordancia con lo requerido por la norma, y de acuerdo con el artículo 11° que indica entre otras funciones de la Gerencia General: "k) Centralizar, coordinar y supervisar el flujo documentario de la entidad" y "n) Dirigir el registro, publicación y archivo de la documentación oficial que emanen de la entidad"; Que, debemos señalar que el Reglamento de Organización y Funciones de la SUTRAN no cuenta con un órgano o unidad encargada de la Gestión Documental,

Fecha máxima de
presentación 08 de marzo de 2019 08 de marzo de 2020 08 de marzo de 2021 08 de marzo de 2022 08 de marzo de 2023

En caso que la Empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa "AUTOCLASS S.A.C.", bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
Acto Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha máxima de presentación 10 de abril de 2019 10 de abril de 2020 10 de abril de 2021 10 de abril de 2022 10 de abril de 2023

En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la Empresa solicitante. Artículo 7.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en la Av. Angamos Este N° 1663, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1694630-1

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