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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (12/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2019 / El Peruano Con las visaciones de la Secretaría General, y de las O fi cinas Generales de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modi fi catorias; y el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 236-2018-TR, quedando redactados de la siguiente manera: “Articulo 1.-Constituir el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual está conformado por: - El/la Secretario/a General en representación del Titular de la entidad, quien lo preside; - El/la Líder de Gobierno Digital;- El/la Jefe/a de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; - El/la Jefe/a de la O fi cina General de Recursos Humanos; - El/la Jefe/a de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria; - El/la Jefe/a de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; - El/la Jefe/a de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, - El/la O fi cial de Seguridad de la Información. Articulo 2.- De las funciones del Comité de Gobierno Digital El Comité de Gobierno Digital tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. c) Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades, objetivos institucionales, entre otros, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con miras a implementar el Gobierno Digital. d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital, Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) en sus Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros. e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales, interoperabilidad, seguridad digital, identidad digital y datos en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital, y evalúen el desempeño del Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI). g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital, interoperabilidad, seguridad de la información y datos abiertos en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. h) Promover el intercambio de datos, información, software público, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades. i) Gestionar, mantener y documentar el Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. j) Promover la conformación de equipos multidisciplinarios ágiles para la implementación de proyectos e iniciativas de digitalización de manera coordinada con los responsables de órganos y unidades orgánicas en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. k) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1760071-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 256-2019-MTC/01.02 Lima, 5 de abril de 2019VISTOS: La Carta PVN GOP 0159/19, de la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C, recibida el 06 de marzo de 2019; el Informe N° 094-2019-MTC/12.04, de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y el Informe N° 116-2019-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia, de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C. presenta ante la Autoridad Aeronáutica Civil, una solicitud para efectuar chequeo técnico de veri fi cación de competencia a su personal aeronáutico acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 01, correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del