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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (12/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2019 El Peruano / mediante los cuales se otorga la acreditación con vigencia de seis (06) años contados a partir de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, a los programas de estudios del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Aeronáutico “Subo fi cial Maestro de 2da. FAP Manuel Polo Jiménez”, cuyos nombres se incluyen en el cuadro a continuación: Nº Acuerdo Programa de Estudios acreditado 1 Acuerdo N°025-2019-CDAHMantenimiento de Aeronaves y sus Sistemas 2 Acuerdo N°026-2019-CDAH Mantenimiento Electrónico de Aeronaves 3 Acuerdo N°027-2019-CDAH Telecomunicaciones y Tránsito Aéreo 4 Acuerdo N°028-2019-CDAH Meteorología 5 Acuerdo N°029-2019-CDAH Mantenimiento de Motores de Aeronaves Artículo 2°.- Precisar que durante el periodo de vigencia de la acreditación de los programas de estudios, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, realizará al menos una visita anual de seguimiento a las acciones implementadas, relacionadas con la institucionalización de la mejora continua. Asimismo, los programas de estudios acreditados, deberán remitir un informe anual al Sineace, dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua. Artículo 3°.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con las acreditaciones reconocidas, deberán realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva N°005-2017-SINEACE/P “Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa”, aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 507-2017-SINEACE/CDAH-P. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web de la Institución (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad HocSineace 1759172-1 Oficializan acuerdos que otorgan acreditación a diversos programas de estudios del Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº044 -2019-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 9 de abril de 2019VISTOS:Los Informes N° 000022-2019-SINEACE/P- DEA-IEES, N°000023-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, N° 000024-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, N° 000025-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, N° 000026-2019- SINEACE/P-DEA-IEES, N° 000027-2019-SINEACE/P-DEA-IEES y N° 000028-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 11 de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace; Que, los numerales 5.4.5, 5.4.6 y 5.4.7 de la “Directiva que regula el proceso de acreditación de Instituciones Educativas y Programas”, aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 172-2018-SINEACE/CDAH-P, establecen los aspectos a ser tomados en cuenta por las instituciones educativas con programas de estudio acreditados, tales como las visitas de seguimiento que efectuará el Sineace; así como la presentación de informes anuales por parte de la entidad educativa dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua y los cambios que afecten las condiciones con las que se obtuvo la acreditación; Que, la Directiva N°005-2017-SINEACE/P, “Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa”, aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 507-2017-SINEACE/CDAH-P del 29 de diciembre 2017 regula, entre otros, el uso del imagotipo institucional, menciones del Sineace en material de difusión; así como, referencias a la acreditación y certi fi cación de la calidad educativa, disposiciones a ser tomadas en cuenta por las instituciones educativas con programas acreditados; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que un acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (…)”; Que, con los Expedientes N° 0004365-2018, N° 0004366-2018, N° 0004367-2018, N° 0004368-2018, N°0004369-2018, 0004370-2018, Nº 0004371-2018, el Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC, solicita el inicio de proceso de evaluación externa con la fi nalidad de alcanzar la acreditación de los Programas de Estudios de, “Administración de Negocios Internacionales”, “Administración de Redes y Comunicaciones”, “Administración de Empresas”, “Computación e Informática” y “Diseño Grá fi co” del local Mira fl ores y, “Traducción e Interpretación”, “Diseño de Interiores” del local Independencia, respectivamente; Que, mediante Informes de vistos, la Directora de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas Educación Superior, eleva a la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc, los Informes Técnicos de la Comisión de Consistencia de los Programas de Estudio de “Administración de Negocios Internacionales”, “Administración de Redes y Comunicaciones”, “Administración de Empresas”, “Computación e Informática” y “Diseño Grá fi co” del local Mira fl ores y, “Traducción e Interpretación”, “Diseño de Interiores” del local Independencia del Instituto de Educación Superior Privado CIBERTEC, a través de los cuales la Comisión de Consistencia, luego de su evaluación recomienda “la ACREDITACIÓN de los citados programas de estudio