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56 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2019 / El Peruano funcionarios y servidores públicos del pliego Nº 448 – Gobierno Regional de Huánuco, incluidas las entidades, órganos desconcentrados, unidades ejecutoras y proyectos que lo integran, independientemente del régimen laboral o contractual en el que se encuentren, mantengan vínculo laboral o contractual de cualquier naturaleza. Artículo 2º.- Finalidad La presentación de la Declaración Jurada de Intereses tiene por fi nalidad transparentar la información de los funcionarios y servidores públicos en las entidades, órganos desconcentrados, unidades ejecutoras y proyectos del pliego Nº 448 – Gobierno Regional de Huánuco, así como detectar y prevenir con fl ictos de interés. Artículo 3º.- Ámbito de aplicación Se encuentran comprendidos dentro del ámbito de la presente norma, los funcionarios y servidores públicos que prestan servicios en las entidades, órganos desconcentrados, unidades ejecutoras y proyectos del pliego Nº 448 – Gobierno Regional de Huánuco y que ocupen los puestos que se detallan a continuación: a. Gobernador/a y Vicegobernador/a Regional. b. Gerente/a General Regional.c. Directores/ras, Gerentes/as, Sub Gerentes/as, Jefes/as de Unidades y Jefes/as de O fi cinas. d. Asesores/as, consultores/as y funcionarios/as de la alta dirección. e. Titulares o encargados de los sistemas de gestión de recursos humanos, endeudamiento, planeamiento, tesorería, presupuesto, contabilidad, logística y abastecimiento. f. Titulares de programas y proyectos especiales.g. Aquellos que, en el ejercicio de su cargo, labor o función, sean responsables de la preparación de bases de procesos de contratación pública, o integrantes de los comités especiales de selección de dichos procesos. h. Aquellos que administran, manejan o disponen de fondos o bienes del Estado. i. Todo servidor cuyo cargo se encuentre clasi fi cado a partir del Nivel F5 o su equivalente. Artículo 4º.- Contenido de la Declaración Jurada de Intereses La Declaración Jurada de Intereses contiene información relevante del funcionario o servidor público referida a: a) Información de empresas, sociedades u otras entidades en las que posea alguna clase de participación patrimonial o similar. b) Participación en directorios, consejos de administración y vigilancia, consejos consultivos, consejos directivos o cualquier cuerpo colegiado semejante, sea remunerado o no. c) Empleos, asesorías, consultorías y similares, en los sectores público y privado, sea remunerado o no. d) Participación en organizaciones privadas (asociaciones, gremios y organismos no gubernamentales). e) Personas que integran el grupo familiar (padre, madre, suegro, suegra, cónyuge, conviviente, hijos/as, hermano/s y hermana/s), incluyendo sus actividades, ocupaciones y centros o lugares de trabajo actuales. La información respecto de los hijos/as menores de edad es protegida y excluida para efectos de la publicación. La información señalada en los literales a), b), c) y d) que se presente al inicio, comprende el periodo previo de cinco (05) años anteriores a la presentación de la Declaración Jurada de Intereses. La información señalada en el literal e) corresponde a aquella que el declarante tenga conocimiento al momento de la declaración. En caso de falta de certeza deberá hacerse la precisión de otra información relevante que considere necesario declarar. Artículo 5º.- Requisito indispensable La Declaración Jurada de Intereses es un documento de carácter público cuya presentación constituye requisito indispensable para el ejercicio del cargo. Su incumplimiento imposibilitará asumir los cargos o puestos detallados en el artículo 3º. Artículo 6º.- Lista de sujetos obligados La O fi cina Regional de Administración con apoyo de la Secretaría General o la que haga sus veces en la entidad deberá remitir a la sede central del Gobierno Regional de Huánuco la lista completa de funcionarios y servidores públicos sujetos al ámbito de aplicación de la presente norma conforme al Anexo A, para su consolidación y remisión a la Secretaría de Integridad Pública del Presidencia del Consejo de Minsitros. La remisión de la lista deberá efectuarse dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la emisión de la presente norma, la cual deberá actualizarse de manera periódica. Artículo 7º.- Forma de presentación La declaración jurada de intereses se presenta en forma virtual a través de la Plataforma de Declaración Jurada de Intereses implementada por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros. Para su presentación se deberá contar con fi rma digital, para lo cual se requiere del Documento Nacional de Identidad Electrónico. Artículo 8º.- Oportunidad de Presentación La oportunidad de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses se realiza de la siguiente manera: a) Al inicio: Dentro de los quince (15) días hábiles de haber sido designado y/o contratado. b) De actualización: Durante el ejercicio, con una periodicidad anual contada desde la presentación de la declaración jurada. c) De cese: Dentro de los quince (15) días hábiles de haber cesado en el puesto. Artículo 9º.- Publicación de la Declaración Jurada de Intereses Las Declaraciones Juradas de Intereses de los sujetos obligados son publicadas en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia de la entidad en la que presta servicios, desde la fecha de su presentación. En el caso de la publicación en el Portal de Transparencia Estándar, la responsabilidad de su debida publicación recae en el funcionario responsable designado. Artículo 10º.- Seguimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses La Secretaría General o la que haga sus veces efectuarán el seguimiento y requerimiento, de corresponder, para garantizar el cumplimiento de la presentación de la declaración jurada de intereses. Para dicho efecto, se podrá contar con el apoyo de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas. Artículo 11º.- Publicación Publíquese el presente Decreto Regional y su Anexo A, en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Huánuco (www.regionhuanuco.gob.pe). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Única.- Plazo para la presentación de la Declaración Jurada de Intereses Los funcionarios y servidores públicos comprendidos bajo el ámbito de la presente norma que se encuentran ejerciendo funciones; cuentan con un plazo de veinticinco (25) días hábiles para obtener el Documento Nacional de Identidad Electrónico y presentar la Declaración Jurada de Intereses conforme al procedimiento establecido por el presente Decreto Regional. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.JUAN MANUEL ALVARADO CORNELIO Gobernador Regional 1759231-1