Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2019 (13/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Viernes 13 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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resolución en el marco del procedimiento no suspende sus efectos. Octavo. NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Privada Leonardo Da Vinci S.A.C., conjuntamente con el Informe técnico de licenciamiento Nº 059-2019-SUNEDU-02-12 del 2 de diciembre de 2019, poniendo el acto administrativo en conocimiento de sus autoridades, accionistas, directivos, gerentes, administradores, representantes y demás órganos de gobierno encargados de la toma de decisiones trascendentales para la Universidad; encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Noveno. DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Décimo. ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y el Informe técnico de licenciamiento Nº 059-2019-SUNEDU-02-12 del 2 de diciembre de 2019, en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1836638-1

Otorgan licencia institucional a la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle para ofrecer el servicio educativo superior universitario
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 165-2019-SUNEDU/CD Lima, 12 de diciembre de 2019 VISTOS: La Solicitud de licenciamiento institucional (en adelante, SLI) con Registro de trámite documentario (en adelante, RTD) N° 27018-2016-SUNEDU-TD, presentada el 17 de octubre de 2016 por la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle (en adelante, la Universidad), el Informe técnico de licenciamiento N° 058-2019-SUNEDU/02-12 del 2 de diciembre de 2019 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe N° 806-2019-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: I. Antecedentes Según lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. Los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades. Mediante Resolución N° 006-2015-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano" (en adelante, el Modelo), que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del

Proceso de Licenciamiento y el Cronograma-Solicitud de Licenciamiento Institucional1. El 17 de octubre de 2016, la Universidad presentó su SLI adjuntando documentación, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 007-2015-SUNEDU/CD 2, vigente a dicha fecha. La Dilic efectuó observaciones a la SLI presentada por la Universidad a través del Informe N° 170-2016-SUNEDU/DILIC-EV del 15 de noviembre de 2016. Asimismo, mediante Oficio N° 441-2016/ SUNEDU-02-12, notificado el 15 de noviembre de 2016, se requirió a la Universidad que presente información para la subsanación de las observaciones formuladas, en un plazo de diez (10) días hábiles. El 30 de diciembre de 2016, y el 20 de enero de 2017, la Universidad mediante Oficio N° 669-2016-R-UNE3 y Oficio N° 026-2017-R-UNE4, respectivamente, solicitó la ampliación del plazo para el levantamiento de observaciones, lo cual le fue otorgado mediante Oficio N° 005-2017/SUNEDU-02-12, y Oficio N° 046-2017/SUNEDU-02-12 del 3 y 26 de enero de 2017, respectivamente. Debido a la declaratoria de Estado de Emergencia por desastre, aprobada por el Decreto Supremo N° 007-2017-PCM, mediante Oficio N° 055-2017-R-UNE del 16 de febrero de 20175, la Universidad requirió se le otorgue un plazo adicional para levantar las observaciones efectuadas, el cual le fue concedido mediante Oficio N° 100-2017/SUNEDU-02-12 del 20 de febrero de 2017. El 14 de marzo de 2017 se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, que aprobó las "Medidas de simplificación administrativa para el licenciamiento Institucional" y el "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" (en adelante, el Reglamento de Licenciamiento), dejando sin efecto los indicadores 16, 18, 25 y 26 del Anexo N° 2 del Modelo. Asimismo, la referida resolución dejó sin efecto parcialmente el indicador 19 respecto al requerimiento del Reglamento de seguridad y salud en el trabajo y determinó que los indicadores 21, 22, 23 y 24 del Anexo N° 2 del Modelo sean evaluados en la etapa de verificación presencial, una vez que la Universidad cuente con una opinión favorable. El 27 de marzo de 2017, mediante Oficio Múltiple N° 007-2017/SUNEDU-02-12 se notificó a la Universidad, a efectos de poner en su conocimiento la aprobación de la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y algunos de sus alcances. El 7 de abril de 2017, mediante carta s/n6 la Universidad presentó documentación con el objetivo de levantar las observaciones realizadas a su SLI. El 21 de noviembre de 2017, la Dilic emitió el Informe de Revisión Documentaria N° 165-2017/SUNEDU-02-12, con resultado desfavorable respecto de treinta y tres (33) indicadores de las CBC y, en atención a ello, requirió a la Universidad la presentación de un Plan de Adecuación (en adelante, PDA), mediante Oficio N° 873-2017-SUNEDU/02-12 del 5 de enero de 2018.

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Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de noviembre de 2015. Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 3 de diciembre de 2015. Mediante RTD N° 34474-2016 la Universidad presentó un (1) folio. Mediante RTD N° 1722 la Universidad presentó un (1) folio. Mediante RTD N° 4375-2017 la Universidad presentó un (1) folio. Mediante RTD N° 11500 la Universidad presentó mil trescientos dieciséis (1 316) folios.

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