Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2019 (19/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 19 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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y en mérito a lo opinado por la Subdirección de Derecho de Vía de la Dirección de Infraestructura, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la Obra y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la obra: Red Vial Nº 4: Tramo Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme PN1N y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 109,574.76, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS

NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagada directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble ocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (1) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL N°4: TRAMO PATIVILCA - SANTA - TRUJILLO Y PUERTO SALAVERRY - EMPALME PN1N. No. Sujeto activo / Beneficiario Sujeto pasivo CODIGO: RV4-ECH-S2-GUA-009 Identificación del inmueble Área afectada: 4,292.00 m2 Valor de la tasación (S/)

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Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ PROVIAS NACIONAL

AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE Linderos y medidas perimétricas del área afectada: COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE WGS 84 Vértice Lado Distancia (ml) · Por el Norte: Con U.C. 12445, con 73.37 m2. Este(X) Norte(Y) · Por el Sur: Con el área remanente de U.C. 12463, A A-B 73.37 761307.0476 9009041.8997 con 105.29 m2. · Por el Este: Con U.C. 12462, de por medio camino B B-C 3.06 761379.2883 9009054.7368 carrozable, con 53.40 m2. C C-D 50.34 761380.0058 9009051.7675 · Por el Oeste: Con UC 12465, con 54.84 m2. - Reynaldo D D-E 13.27 761381.7217 9009001.4580 Lucero E E-F 19.67 761368.4636 9009000.8309 Santiago. F F-G 11.97 761348.8266 9008999.7286 - María Julia G G-H 11.99 761336.8734 9008999.0762 Chacón H H-I 12.02 761324.9001 9008998.3714 de I I-J 12.07 761312.9063 9008997.6062 Lucero. Partida Electrónica: N° 04000726 de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V- Sede Trujillo. J J-K 13.78 761300.8377 9008997.2623 K K-L 10.52 761287.0692 9008996.7085 Certificado de Búsqueda Catastral: Emitido con L L-A 54.84 761276.5604 9008996.3182 fecha 03.11.2016 (Informe técnico N° 4142-2019- OC) expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral Trujillo. Certificado Registral Inmobiliario: Emitido con fecha 15.03.2019 por la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo.

109,574.76

1838593-1

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