Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2019 (19/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Vista la Hoja de Trámite (GAC) N° 2511 del 4 de diciembre de 2019, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores y el Memorándum DGC01244/2019 del 4 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Polonia sobre un Programa de Vacaciones y Trabajo"; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE, de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Polonia, las facultades suficientes para que suscriba el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Polonia sobre un Programa de Vacaciones y Trabajo". Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador Alberto Efrain Wilfredo Salas Barahona. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1838601-6

Diplomático de la República y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar al Servicio Diplomático de la República e inscribir en el Escalafón del Servicio Diplomático de la República con la categoría de Tercer Secretario, a partir del 1 de enero del año 2020, a los siguientes veinticinco (25) alumnos de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, que han concluido con éxito el Programa de Formación Profesional 2018-2019, conforme al orden de méritos correspondiente: 1. Miyagusuku Ríos, Verónica 2. Velásquez Salas, Sandra Patricia 3. Napurí Pita, Andrés 4. Pedraglio Morey, Humberto Alonso 5. Fernández Wilson, Daniel Alejandro 6. Moschella Vidal, Diego Martín Jesús 7. Hilares Baca, Alba Inkill 8. Rios Pereyra, Sahra Stephanie 9. Díaz Oshiyama, Kenyi Naoki 10. Mori Campos, Giancarlo Gustavo 11. Rodriguez Alva, Sandy Lorena 12. Sandoval Zegarra, Fernando Daniel 13. Pletickosich López, Jianphier 14. Lizana Gómez, Mónica Cecilia 15. Castro La Rosa, Juan Pablo 16. Aliaga Araujo, María Vanessa 17. Otiniano Palacios, Ricardo André 18. Granados Manzaneda, Victoria Helena 19. Avilés Flores, Fiorella Kristell 20. Castillo Calvera, Scarlet Sofía 21. Sedano Bardón, Alvaro Gonzalo 22. Cortez Gárate, Patricia Mercedes 23. Sarmiento Santos, Luis Fernando 24. Rodríguez Toro, Renzo 25. Martel Huerta, María Ximena Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1838599-1

Incorporan al Servicio Diplomático de la República los alumnos de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar que concluyeron el Programa de Formación Profesional 2018 - 2019
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 180-2019-RE Lima, 18 de diciembre de 2019 VISTO: El Memorándum (DAD) Nº DAD0412/2019, de 13 de diciembre de 2019, de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, que contiene el cuadro de méritos de los alumnos nacionales que han culminado con éxito el Programa de Formación Profesional 2018-2019; CONSIDERANDO: Que, los artículos 4 y 65 de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, regulan el ingreso al Servicio Diplomático de la República; Que, los artículos 3, 4, 194 y 195 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, establecen que la única vía de ingreso al Servicio Diplomático es la Academia Diplomática del Perú y que mediante Resolución Suprema se realiza la inscripción en Escalafón del Servicio Diplomático, con la categoría de Tercer Secretario, de acuerdo con la precedencia establecida en el respectivo cuadro de méritos; Que la Ley Nº 28598 precisa los alcances del artículo 64 de la Ley Nº 28091, respecto a los títulos y al grado académico que otorga la Academia Diplomática del Perú, en el marco del sistema universitario, una vez cumplidos los requisitos establecidos en su Reglamento; y, De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio

SALUD
Crean Comisión Multisectorial con el objeto de elaborar un informe técnico que contenga la propuesta de actualización del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), de los Planes Complementarios previstos en el D.U. N° 017-2019
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2019-SA Lima, 18 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 de la Constitución Política del Perú señala que el Estado determina la Política Nacional de Salud y que corresponde al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, así como diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora;

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