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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (19/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 19 de diciembre de 2019 / El Peruano ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Formalizan el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobó la Directiva N° 002-2019-SERVIR-GDGP “Directiva que regula el procedimiento de selección para la designación del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 174-2019-SERVIR-PE Lima, 18 de diciembre de 2019 VISTO, el Informe Técnico N° 017-2019-SERVIR/ GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, mediante Decreto Supremo N° 102-2017-PCM se aprobaron las normas que regulan el proceso de designación del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. El numeral 6.1 del artículo 6 de dicha normatividad señala que el procedimiento para la selección del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI es regulado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, a través de una Directiva aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva, la misma que contempla, entre otros aspectos, las etapas y reglas de la selección, así como los factores de evaluación, teniendo en cuenta los principios de transparencia, idoneidad y meritocracia; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 219-2017-SERVIR/PE del 3 de noviembre de 2017 se formalizó la aprobación de la Directiva N° 001-2017-SERVIR-GDGP, Directiva que regula el procedimiento de selección para la designación del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI; Que, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública mediante el documento del visto, en atención a las coordinaciones y comunicaciones sostenidas con el Comité de Selección del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI, propuso una nueva Directiva. En esta propuesta se identi fi ca a los órganos que participaran en el proceso de selección, los requisitos e incompatibilidades de los postulantes, las etapas y reglas del proceso, así como los factores de evaluación correspondientes; Que, el Consejo Directivo de SERVIR en la Sesión N° 31-2019 aprobó la propuesta de Directiva formulada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, disponiendo que la Presidencia Ejecutiva emita la Resolución que formalice dicho acuerdo; Con los vistos de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y la O fi cina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 102-2017-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1°.- Formalizar el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobó la Directiva N° 002-2019-SERVIR-GDGP “Directiva que regula el procedimiento de selección para la designación del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI”, que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el diario o fi cial “El Peruano”; y, en el Portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ Presidente Ejecutivo DIRECTIVA N° 002-2019-SERVIR-GDGP DIRECTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DEL JEFE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA - INEI I. OBJETOLa presente directiva tiene por objeto regular el procedimiento de selección para la designación del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. II. FINALIDADLa presente directiva tiene por fi nalidad establecer las etapas y reglas de la selección, así como los factores de evaluación, para seleccionar, teniendo en cuenta los principios de transparencia, idoneidad y meritocracia, la terna de profesionales que serán presentados ante el Señor Presidente de la República para su designación en el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI. III. BASE LEGAL3.1 Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI y sus modi fi catorias. 3.2 Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias. 3.3 Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. 3.4 Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público y modi fi catorias. 3.5 Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus modi fi catorias. 3.6 Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil y sus modi fi catorias. 3.7 Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley del Servicio Civil y modi fi catorias. 3.8 Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR y modi fi catorias. 3.9 Decreto Supremo N° 102-2017-PCM, que aprueba normas que regulan el proceso de designación del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI. 3.10 Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 093-2016-SERVIR-PE que formaliza la aprobación del Diccionario de Competencias Transversales del Servicio Civil. 3.11 Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 320-2017-SERVIR/PE que aprueba el Diccionario de Competencias Genéricas del Grupo de Directivos Públicos. IV. ÓRGANO RESPONSABLE El procedimiento de selección del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI es convocado, conducido, gestionado y desarrollado por el Comité de Selección constituido conforme a lo previsto en el artículo 2º del Decreto Supremo N° 102-2017-PCM. Para el