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57 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2019 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Incorporan en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE los servicios de gimnasio municipal por dia, escuelas y talleres deportivos y recreativos y piscina Municipal en el estadio Gálvez Chipoco RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 563-2019-MDB Barranco, 18 de diciembre de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCO VISTOS:El Informe Nº 025-2019-GESYD-MDB, emitido por la Gerencia de Educación, Salud y Deporte; el Informe Nº 111-2019-MDB de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 451-2019-GAJ-MDB, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando Nº 631-2019-GM-MDB, emitido por la Gerencia Municipal respecto a la modi fi cación del TUSNE incorporando los servicios de Gimnasio Municipal, Escuelas y Talleres Deportivos y Recreativos, y Piscina Municipal, en el estadio Gálvez Chipoco de Barranco; CONSIDERANDO: Que, según el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 27680 y Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y, dicha autonomía, radica en ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, las Municipalidades de acuerdo a lo previsto en el numeral 18) artículo 82º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones especí fi cas compartidas con el gobierno nacional y el regional, el normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación, de manera permanente, en la niñez, la juventud y el vecindario en general, así como coordinan con las entidades públicas responsables y convocan la participación del sector privado; Que, mediante el documento del visto, la Gerencia de Educación, Salud y Deporte, propone nuevos servicios a la comunidad, los cuales resultan viables incorporar en el TUSNE de la Municipalidad de Barranco, tales como servicios de gimnasio municipal por día, escuelas y talleres deportivos y recreativos y piscina municipal en el estadio Gálvez Chipoco, los mismos que generarán mayores ingresos a la Municipalidad, un mejor servicio para los usuarios y la posibilidad de otorgar clases en diversas disciplinas; Que, asimismo, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Gerencia de Asesoría Jurídica, emiten su opinión favorable respecto a la propuesta planteada por la Gerencia de Educación, Salud y Deporte; En uso de las facultades conferidas por los Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica; RESUELVE:Artículo Primero.- INCORPORAR al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Barranco, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 228-2016-A-MDB y modi fi caciones, los servicios de gimnasio municipal por día, escuelas y talleres deportivos y recreativos y piscina Municipal en el estadio Gálvez Chipoco, establecido en el ANEXO I que forma parte integrante del presente resolutivo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Educación, Salud y Deporte, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la información su publicación en el Portal Institucional: www.munibarranco.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ JUAN RODRÍGUEZ CÁRDENAS Alcalde ANEXO I Formato de Registro de Servicios No Exclusivos Gimnasio Municipal – Uso diario Nombre de la Unidad Orgánica: Gerencia de Educación, Salud y Deporte Dirección: Av. Grau S/N (Estadio Gálvez Chipoco) Cdra.14 – Barranco NºDenominación del ServicioRequisitos PrecioValor UIT (%) 1Gimnasio Municipal – Uso DiarioBarranquinos y No BarranquinosS/ 10.000.24% Titular de la Unidad Orgánica: Carlos Enrique Cuadros Ramos Responsable de la Formulación del TUSNE de la Unidad Orgánica: Carlos Enrique Cuadros Ramos Escuelas y Talleres Deportivos y Recreativos Nombre de la Unidad Orgánica: Gerencia de Educación, Salud y Deporte Dirección: Av. Grau S/N (Estadio Gálvez Chipoco) Cdra.14 - Barranco Nº Denominación del Servicio Requisitos PrecioValor UIT (%) 1Escuelas y Talleres deportivos y recreativos para niños (hasta 17 años).* Exclusivo con DNI de Barranco o HR/PU, según sea el caso.Pago Mensual Barranquinos*S/ 30.00 0.71% Pago Mensual No barranquinosS/ 40.00 0.95% 2Escuelas y Talleres deportivos y recreativos para adultos (a partir de los 18 años).* Exclusivo con DNI de Barranco o HR/PU, según sea el caso.Pago Mensual Barranquinos*S/ 35.00 0.83% Pago Mensual No barranquinosS/ 45.00 1.07% 3Trabajadores municipales o hijos(as) de trabajadores municipalesPrevia veri fi cación con la Sub Gerencia de Recursos HumanosS/ 20.00 0.47% 4 Casos SocialesPrevia solicitud, evaluación y aprobación de la Gerencia de Educación, Salud y Deporte y de acuerdo a disponiblidad (máximo 2 por taller)Gratuito Gratuito Titular de la Unidad Orgánica: Carlos Enrique Cuadros Ramos Responsable de la Formulación del TUSNE de la Unidad Orgánica: Carlos Enrique Cuadros Ramos