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51 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2019 El Peruano / Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones. Que, con Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno al 2021en su artículo 2 sobre ámbito de aplicación señala: “La Política General de Gobierno al 2021, es de aplicación inmediata para todas las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales; y, las entidades dependientes de ellos en el marco de sus competencias”. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1026, se establece un régimen especial facultativo para los Gobiernos Regionales y Locales que deseen implementar procesos de modernización institucional integral, el cual en su artículo 1 señala: “La presente norma tiene por finalidad facultar a los gobiernos regionales y locales a implementar un proceso de modernización institucional integral para mejorar los servicios a la ciudadanía y potenciar el desarrollo de sus jurisdicciones, así como hacer efectivo el traslado de recursos humanos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales en el marco del proceso de descentralización. El proceso de modernización institucional integral comprende aspectos de reestructuración, simplificación administrativa, orientación a resultados, mejora de la calidad del gasto y democratización, entre otros”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2011- CR/GOB.REG.TACNA de fecha 26 de abril de 2011 se dispuso: “Artículo PRIMERO: DECLARAR EN PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN ADMINISTRATIVA Y PRESUPUESTAL LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Y SUS UNIDADES EJECUTORAS, CON LA FINALIDAD DE LOGRAR LA MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA Y DE LOS ÓRGANOS REGIONALES, LOS SISTEMAS, PROCESOS, INSTRUMENTOS DE GESTIÓN, Y NORMATIVOS QUE PERMITAN INCREMENTAR SUS NIVELES DE EFICIENCIA, MEJORA DE LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA, LA TRANSPARENCIA, LA HONESTIDAD, LA OPTIMACIÓN DEL USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS Y LA ELIMINACIÓN DE CORRUPCIÓN”. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 009-2019-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de enero de 2019 se dispuso: “Artículo PRIMERO: SOLICITAR al Ejecutivo Regional la Reestructuración de la sede del Gobierno Regional de Tacna y sus unidades ejecutoras, con la finalidad de lograr la modernización de la gestión pública de los órganos regionales, la optimización de los recursos públicos y la eliminación de la corrupción”. Que, mediante O fi cio Nº 570-2019-GR/GOB.REG. TACNA de fecha 31 de julio de 2019, la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna solicita se declare el inicio del proceso de “REESTRUCTURACIÓN DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Y SUS UNIDADES OPERATIVAS Y UNIDADES EJECUTORAS”, para lo cual adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido. Que, con el Informe Nº 067-2019-GRPPAT-SGDO/ GOB.REG.TACNA de fecha 29 de marzo de 2019, emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Organizacional; la Opinión Legal Nº 668-2019-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 22 de julio de 2019 emitida por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 017-2019-COPPyAT-CR de fecha 16 de agosto de 2019, sobre: “DECLARAR EL INICIO DEL PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, SUS UNIDADES OPERATIVAS Y UNIDADES EJECUTORAS”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de octubre de 2019, ello en mérito a la aprobación del Pedido Nº 002-2019-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 24 de octubre de 2019 efectuado por el Presidente de la antes referida comisión.Que, teniendo en cuenta las normas antes indicadas, así como los informes y las opiniones favorables emitidas por las diferentes o fi cinas competentes del Gobierno Regional de Tacna resulta atendible el pedido de aprobación de la propuesta de ordenanza regional sobre: “DECLARAR EL INICIO DEL PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, SUS UNIDADES OPERATIVAS Y UNIDADES EJECUTORAS”. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoría, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR el inicio del Proceso de Reestructuración de la Sede del Gobierno Regional de Tacna, sus Unidades Operativas y Unidades Ejecutoras. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna, para que, a través de la Gerencia General del Gobierno Regional de Tacna, efectué las acciones necesarias tendientes a la implementación de la presente ordenanza regional. Artículo Tercero.- REQUERIR al Ejecutivo Regional la designación de una Comisión de Alto Nivel para la elaboración del proyecto de reestructuración con la participación de todos los sectores involucrados. Artículo Cuarto.- CONCEDER a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial un plazo de (90) días para el proceso de reestructuración dispuesto en el artículo primero de la presente ordenanza, al término del cual se deberá presentar los resultados de dicho proceso al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna. Artículo Quinto.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 002-2011-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 26 de abril de 2011 y todas las normas que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Séptimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Octavo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, estableciéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gobernación Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinticinco de octubre del año dos mil diecinueve. LUZ DELIA HUANCAPAZA CORA PresidentaConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 7 de noviembre de 2019. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador RegionalGobierno Regional de Tacna 1838267-1