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44 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2019 / El Peruano otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, a favor de los ganadores del concurso del Esquema Financiero EF-023 denominado “Programas de Maestría en Universidades Peruanas”, para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 049-2019-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar los desembolsos solicitados; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 148-2019-CONCYTEC-P publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de octubre de 2019, se aprobó el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas y la transferencia financiera a favor de una entidad pública, por la suma total de S/ 772,982.74 (Setecientos Setenta y Dos Mil Novecientos Ochenta y Dos y 74/100 Soles), siendo que en su artículo 1 se precisa un desembolso a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, por el importe de S/ 112,500.00 (Ciento Doce Mil Quinientos y 00/100 Soles), en el marco del Convenio de Gestión N° 229-2015-FONDECYT; Que, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, mediante Informe N° 281-2019-FONDECYT-USM de fecha 20 de noviembre de 2019, el cual cuenta con el visto de la Dirección Ejecutiva de dicha Unidad Ejecutora, señala que la Resolución de Presidencia N° 184-2019-CONCYTEC-P incluye el monto correspondiente a la segunda promoción de la Maestría en Informática Biomédica en Salud Global, ejecutada por la Universidad Peruana Cayetano Heredia, en virtud del Convenio de Gestión N° 229-2015-FONDECYT, precisando que al haberse reducido la cantidad de becarios de dicho programa, dicha entidad no necesitaría mayores fondos, por lo que solicita que se modifique la anotada Resolución a efectos de excluir el citado desembolso; Que, por su parte, mediante Informe N° 173-2019-CONCYTEC-ETAJ-UEFONDECYT-DAHB de fecha 17 de diciembre de 2019, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, señala que, en función a lo informado por la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, resulta viable la aprobación de la modi fi cación propuesta, agregando que se debe emitir la Resolución de Presidencia respectiva; Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, y su modi fi catoria efectuada mediante Resolución de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución de Presidencia N° 184-2019-CONCYTEC-P de fecha 23 de octubre de 2019, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa, el cual queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera a favor de una entidad pública y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 660,482.74 (Seiscientos Sesenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos y 74/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente: N° TipoProyecto o ProgramaDenominación InstituciónN° de Convenio o Contrato Monto Total del desembolso en Soles S/ 1Transferencias fi nancierasPrograma Maestría en Biotecnología MolecularUniversidad Nacional de Tumbes190-2015 92,063.00 2 Subvenciones a personas jurídicasProgramaMaestría en Informática Biomédica en Salud GlobalUniversidad Peruana Cayetano Heredia229-2015 225,340.00 3 Programa Maestría en Sanidad AcuícolaUniversidad Peruana Cayetano Heredia230-2015 103,874.94 4 Programa Maestría en Sanidad AcuícolaUniversidad Peruana Cayetano Heredia230-2015 239,204.80 TOTAL 660,482.74 (…)” Artículo 2.- Notifi car la presente resolución a la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1838967-1