Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2019 (21/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de diciembre de 2019 /

El Peruano

del Artículo 40º, que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante norma de mayor jerarquía, en el caso de los Gobiernos Locales, por Ordenanza Municipal; Que, por su lado el Decreto Legislativo Nº 1246 publicado el 10 de noviembre de 2016, y el Decreto Legislativo Nº 1310, publicado el 30 de diciembre de 2016, establecen diversas medidas de simplificación administrativa, destinadas a viabilizar los trámites realizados ante las distintas entidades del sector público; Que, así mismo, con fecha 29 de junio de 2016, se publicó la Ley Nº 30477, destinada a regular la ejecución de obras de servicios públicos, saneamiento, electricidad, telecomunicaciones, gas natural y servicios públicos locales, autorizadas por la Municipalidades en las áreas de dominio público, generándose la obligación de adecuar el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente, considerando los aspectos regulados en la mencionada Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-VIVIENDA publicado el 28 de febrero de 2017, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación Habilitaciones Urbanas y Edificaciones; a su vez con el objetivo de desarrollar los procedimientos administrativos dispuestos en el referido TUO, con fecha 15 de mayo de 2017, mediante Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación; posteriormente, se aprobó el Decreto Legislativo Nº 1426 que modificó la Ley Nº 29090, por lo cual resulta indispensable la adecuación al mencionado cambio normativo; Que, con Ordenanza Nº 369/MDSM, publicada el 11 de noviembre de 2018, se aprobó 15 (quince) procedimientos administrativos y 01 (un) servicio exclusivo de la Subgerencia de Licencia y Comercio (Gerencia de Desarrollo Económico) y de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres (Gerencia de Seguridad Ciudadana), sus requisitos y derechos de tramitación, siendo ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 475/MML, por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Posteriormente, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2019/MDSM, de fecha 15 de abril de 2019, se aprobó la adecuación de la base legal, los requisitos, calificación y plazos de atención de los procedimientos administrativos de Licencias

de Funcionamiento Estandarizados y Administración Documentaria y Archivo; Que, en ese sentido, se hace necesario elaborar una nueva propuesta de TUPA, que recoja las modificaciones normativas antes señaladas, para lo cual las distintas unidades orgánicas han presentado sus propuestas de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para ser evaluados e incorporados en el nuevo TUPA; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante memorando Nº 217-2019-GPP/MDSM, presenta la nueva propuesta del TUPA de la Municipalidad Distrital de San Miguel, la cual ha sido elaborada acorde con los lineamientos técnicos y legales vigentes sobre la materia, así también, se ha procedido a sustentar la referida propuesta TUPA, respecto de la cual la Gerencia Municipal ha indicado su opinión favorable, mediante memorando Nº 803-2019-GM/MDSM, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 11.3) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Que, a mayor sustento la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante informe Nº 165-2019-GAJ/MDSM, concluye que al encontrarse la propuesta presentada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto acorde a la normatividad vigente resulta procedente continuar con el trámite regular para su aprobación mediante Ordenanza por parte del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas en los numerales 1.2) y 3.2) el Artículo 83º y Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, y con la dispensa de presentación de Dictamen, el Concejo Municipal, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- APROBAR los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, así como los respectivos requisitos, costos y derechos de trámite que se encuentran contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, conforme se detalla a continuación:
Derecho de Trámite (S/)

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS EXCLUSIVOS - TUPA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL 1.1. Procedimientos administrativos 1.1.1 Subgerencia de Administración Documentaria y Archivo ACCESO A LA INFORMACIÓN QUE PRODUZCA O POSEAN LAS DIVERSAS GERENCIAS Y SUBGERENCIAS a) POR COPIA A4 (Unidad) b) POR CD. (Unidad) 1.2. Servicios prestados en exclusividad COPIA CERTIFICADA 1.2.1 a) POR LA PRIMERA HOJA b) POR HOJA ADICIONAL 2.1 Procedimientos Administrativos 2.1.1 2.1.2 2.1.3 2.2.1 DISPENSA DE PUBLICACIÓN DE EDICTO MATRIMONIAL SEPARACION CONVENCIONAL DIVORCIO ULTERIOR MATRIMONIO CIVIL (DE LUNES A VIERNES DE 8:00 AM. A 4:30 PM) a) EN EL PALACIO MUNICIPAL MATRIMONIO CIVIL (DE LUNES A VIERNES DE 8:00 AM. A 4:30 PM Y SABADOS DE 9:00 AM A 13:00 PM) b) FUERA DEL PALACIO MUNICIPAL DENTRO DEL DISTRITO 2.2.2 2.2.3 REPROGRAMACIÓN DE CEREMONIA MATRIMONIAL EXHIBICIÓN DE EDICTO MATRIMONIAL DE OTROS DISTRITOS

0.10 1.30

14.50 4.80 44.90 141.90 86.30

2.2. Servicios prestados en exclusividad Subgerencia de Registro Civil 141.40

179.10 Gratuito 29.00

4.1. Procedimientos Administrativos

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