Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2019 (21/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de diciembre de 2019 /

El Peruano

concluyendo y RECOMENDANDO lo siguiente: Declarar de Interés Público Regional el Proceso de Zonificación y Ordenamiento Forestal de la Región Ancash. La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ancash efectuara las coordinaciones que resulten necesarias con el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a fin de contar con una sólida opinión técnica que sustente el proceso de Zonificación y Ordenamiento Forestal de la Región Ancash. Reconocer el Equipo Técnico para la Zonificación Forestal de la Región Ancash, el mismo que deberá estar conformado por representantes de las siguientes dependencias: 1) Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. 2) Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial 3) Dirección Regional de Agricultura; Que, mediante INFORME N° 075-2019-GRA/GRAJ, de fecha 12 de Abril de 2019, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ancash, OPINA: Que en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 29763; Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI - Reglamento de la Ley Forestal y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 168-2016-SERFOR-DE, que aprobó la "Guía Metodológica de Zonificación Forestal", corresponde al Gobierno Regional de Ancash, a través de una Ordenanza Regional, dar inicio al Proceso de Zonificación Forestal (ZF) declarando de Interés Público dicho proceso; asimismo se Conforme el Equipo Técnico el mismo que debe ser Multidisciplinario, responsable de brindar soporte y asesoramiento al Comité Técnico cuando este se haya conformado, por lo que considera pertinente emitir la Ordenanza Regional. Con el INFORME LEGAL N° 032-2019-GRA/GRAJ, de fecha 08 de Mayo de 2019 y el INFORME LEGAL N° 037-2019-GRA/GRAJ, de 17 de Junio de 2019, ratifica su opinión la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; Que, es competencia del Consejo Regional de Ancash emitir ORDENANZAS REGIONALES, tal como lo prescribe el Artículo 38º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: (...) "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; dispositivo legal concordante con el Numeral 1) del Artículo 5º, el Artículo 13º, el Literal a) del Artículo 15º y los Artículos 120º y 121º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado con Ordenanza Regional Nº 0022015-GRA/CR; Que, las Comisiones Ordinarias de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente, Desarrollo Económico y Comunidades Campesinas del Consejo Regional, mediante DICTAMEN N° 005 -2019-GRA/ CRNyGMA, de fecha 26 de Noviembre del 2019, por mayoría concluyen y recomiendan: DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO REGIONAL EL PROCESO DE ZONIFICACIÓN Y ORDENAMIENTO FORESTAL DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH Y DESIGNACIÓN DE SU EQUIPO TÉCNICO", en consecuencia emitirse la respectiva Ordenanza Regional; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional realizada el 05 de Diciembre de 2019, en la Estación ORDEN DEL DÍA, el Consejero Delegado da cuenta del Dictamen N° 005-2019-GRA/CRNyGMA, disponiendo su lectura, produciéndose acto seguido la sustentación por parte de la Presidenta de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente y del Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico; culminada ésta se genera una serie de deliberaciones, en tal contexto el Consejero Delegado somete a votación la propuesta, siendo APROBADA por MAYORIA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ha aprobado:

LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE Artículo Primero.- DECLARAR, de Interés Público Regional el Proceso de Zonificación y Ordenamiento Forestal del Departamento de Ancash. Artículo Segundo.- ESTABLECER, el EQUIPO TÉCNICO para facilitar el Proceso de Zonificación y Ordenamiento Forestal del Departamento de Ancash el cual quedará conformada de la siguiente manera: - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente (Preside el Equipo Técnico) - Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Dirección Regional de Agricultura. Cada Dependencia deberá acreditar dos representantes, un Titular y un Suplente. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, efectúe las coordinaciones con el Servicio Nacional Forestal y Fauna Silvestre - SERFOR, asimismo con el Ministerio de Ambiente - MINAM, orientadas a la aprobación de la Zonificación Forestal del Departamento de Ancash. Artículo Cuarto.- DISPONER, su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", en el Diario encargado de las publicaciones judiciales en la Capital de la Región, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Comuníquese, al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash para su Promulgación. Dado en Sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los seis días del mes de diciembre del dos mil diecinueve. JORGE ANTONIO NORIEGA CORTEZ Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash, a 13 días del mes de diciembre de 2019. JUAN CARLOS MORILLO ULLOA Gobernador Regional 1838744-1

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Ordenanza Regional que declara de interés regional la atención integral de las personas adultas mayores y aprueba la creación del Consejo Regional para las Personas Adultas Mayores
ORDENANZA REGIONAL Nº 446-2019/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y demás normas Complementarias;

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