Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2019 (27/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, así como los trámites correspondientes, de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS Alcalde 1840647-1

SE DECRETA: Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 289-MDL que establece el beneficio de condonación de deudas tributarias en el distrito de Lurigancho hasta el 31 de diciembre de 2019. Segundo.- DISPONER que la Gerencia Municipal, la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Administración y Finanzas brinden las facilidades correspondientes para el cumplimiento del presente Decreto. Tercero.- ENCARGAR su publicación a Secretaría General en el diario oficial El Peruano, a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica en el portal institucional de la Municipalidad y a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas a través de los diversos medios de comunicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 1840455-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 289-MDL, que establece beneficio de condonación de deudas tributarias
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2019/MDL Lurigancho, 19 de diciembre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO; VISTO el Informe Nº 277-2019-MDL-GR de la Gerencia de Rentas, elevado al despacho de Gerencia Municipal, respecto a la necesidad de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 289-MDL, que establece la condonación de las deudas tributarias en el Distrito de Lurigancho. CONSIDERANDO Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 42º de esta última norma señala que: "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; y, el segundo párrafo del Artículo 39º de la misma Ley, establece que el Alcalde ejerce las funciones de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, a través de la Ordenanza Nº 289-MDL, publicada en el diario oficial El Peruano el 30 de noviembre de 2019, se estableció el Beneficio de Deudas Tributarias en el Distrito de Lurigancho, en mérito al Informe Nº 6962019/MDL-GAJ y el Informe Nº 255-2019-MDL-GR, con vigencia de 20 días calendarios contados a partir del día siguiente de su publicación, es decir hasta el 20 de diciembre de 2019; Que, la Tercera Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 284-MDL dispone de manera expresa: "Facúltese al señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga, por medio de Decreto de Alcaldía, de la vigencia del beneficio otorgado por dicha Ordenanza"; Que, según el Informe Nº 775-2019-MDL/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica es de la opinión que se apruebe con Decreto de Alcaldía la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 289-MDL. Que, mediante el Memorándum Nº 1924-2019/GM/ MDL, el Gerente Municipal dispone emitir Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 289-MDL hasta el 31 de diciembre del presente; y En mérito a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Promulgan el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Año Fiscal del 2020 de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 866-2019 /MDSM San Miguel, 19 de diciembre de 2019 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el Acuerdo de Concejo Nº 086-2019/MDSM, de fecha 18 de diciembre de 2019, mediante el cual, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura PIA 2020, y la distribución del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN 2020 de la Municipalidad Distrital de San Miguel; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú y el literal d) del artículo 42º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, es competencia de los Gobiernos locales, aprobar los presupuestos institucionales conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante la Decreto de Urgencia Nº 014-2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020, en el que se comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales; Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0862019-MDSM, se aprobó el Presupuesto Institucional PIA 2020, y distribución del FONCOMUN de la Municipalidad Distrital de San Miguel para el Año Fiscal 2020, incluyendo las transferencias dispuestas en la Ley antes señalada; Que, el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel, debe ser promulgado por el Alcalde, a través de la Resolución de Alcaldía, en un plazo que no exceda del 31 de diciembre del año 2019; Que, el Presupuesto Institucional constituye el instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicios y logro de metas de coberturas con eficacia y eficiencia por parte de las Entidades. Asimismo, es la expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año fiscal 2020; Que, mediante el informe Nº 148-2019-GPP/ MDSM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite el Presupuesto Institucional de Apertura PIA 2020 y la distribución del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN para el año 2020, señalando que se ha consolidado la información coordinada con las diversas unidades orgánicas, y se encuentra

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