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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (31/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 376

TEXTO PAGINA: 373

373 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / Que, el Artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que, las Tasas por los Servicios Públicos o Arbitrios, se calculan dentro del último trimestre del ejercicio fi scal anterior al de su aplicación, en función del costo efectivo del servicio a prestar. Que, el Artículo 69º-A del Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF , señala que, “Las Ordenanzas que aprueben el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes de la localidad bene fi ciada, así como los criterios que justi fi quen incrementos, de ser el caso, deberán ser publicadas a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fi scal anterior al de su aplicación…”. Que, el Artículo 69º-B del decreto antes mencionado estipula que, “En caso que las Municipalidades no cumplan con lo dispuesto en el Artículo 69-A, en el plazo establecido por dicha norma, sólo podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al 1 de enero del año fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fi scal”. Que, mediante Ordenanza Nº 036-2013-MPC de fecha 23/12/2013, se establece el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del ejercicio 2014 en el distrito de San Vicente de Cañete; el cual fue publicado en el Diario O fi cial El Peruano, el 30/12/2013; el cual anexa el Informe Técnico Financiero de Costos (Anexo Nº 01) de la Ordenanza Nº 036-2013-MPC, Que, mediante Informe Nº 659-2019-GAT-MPC, de fecha 18 de diciembre el CPC Alexander Modesto Caycho Gerente de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete, presenta el proyecto de ordenanza que rati fi ca la Vigencia de la Ordenanza Nº 036-2013-MPC, para el Cobro de los Arbitrios Municipales para el Año 2020., actualizándolo con el IPC (Índice de Precios al Consumidor) de 1.68 % (UNO PUNTO SESENTIOCHO POR CIENTO), tal como lo señala la Resolución Jefatural Nº 387-2019-INEI de fecha 30/11/2019 y publicado en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 30/11/2019; de conformidad con el Art. 69-Aº de del Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, mediante Informe Legal Nº 659-2019-GAJ- MPC de fecha 18 de diciembre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que es viable la aprobación de la Ordenanza Municipal de prorrogar para el ejercicio 2020, la vigencia de la Ordenanza Nº 036-2013-MPC de fecha 23 de diciembre del 2013, que establece el régimen tributario de los Arbitrios de Barridos de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en el distrito de San Vicente de Cañete, actualizándolo con el IPC (Índice de Precios al Consumidor) de 1.68% (UNO PUNTO SESENTA Y OCHO POR CIENTO), de acuerdo a lo establecido por la Resolución Jefatural Nº 387-2016-INEI, de fecha 30 de noviembre del 2019 y por el Artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, conforme al informe Nº 139-2019-GAt-MPC, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y 40º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el Voto Unánime de los señores Regidores, aprobaron la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 08-2019-MPC, MISMA QUE RATIFICO LA ORDENANZA Nº 047-2017-MPC, QUE A SU VEZ RATIFICA LA ORDENANZA Nº 50- 2016-MPC, PARA EL COBRO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL AÑO 2020 Artículo 1º.- RATIFICAR para el ejercicio Fiscal 2020 LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL nº 08-2019-mpc, MISMA QUE RATIFICO LA ORDENANZA nº 047-2017-mpc, QUE A SU VEZ RATIFICA LA ORDENANZA nº 50-2016-mpc, PARA EL COBRO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL AÑO 2020 reajustándose y actualizándose con el índice del precio al consumidor (IPC) de 1.68 % (UNO PUNTO SESENTA Y OCHO POR CIENTO), como señala la Resolución Jefatural Nº 387-2019-INEI, publicada en el diario O fi cial El Peruano, el 30 de Noviembre de 2019; Artículo 2º.- RATIFICAR el Informe Técnico Financiero de Costos detallado en el Anexo 1 que forma parte de la Ordenanza Municipal Nº036-2013-MPC, los mismos que se encuentran publicados con las formalidades de Ley, y que en atención a los Artículos 69º, 69º-A y 69º-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación municipal, el cual contiene lo siguiente: • Explicación de los costos de los servicios prestados según el número de contribuyentes registrados a quienes se les prestarán los servicios. • Cuadro indicando el número de predios y contribuyentes de cada servicio, así como el número de predios de las personas que gozan de inafectación y/o exoneración. • Metodología de Distribución de costos para el cálculo de cada uno de los arbitrios. Los cuales deberán ser reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor al mes de noviembre ascendente a 1.68 % establecido en la Resolución Jefatural Nº 387-2019-INEI, publicada el Diario O fi cial El Peruano el 01 de noviembre de 2019. Artículo 3º.- PRECISAR Y/O MODIFICAR LA TERCERA DISPOSICIÓN FINAL DE LA ORDENANZA Nº 036-2013-MPC, en donde dispone: “La Ordenanza tendrá vigencia a partir del 01 de enero del ejercicio siguiente a la publicación”, previa Publicación de la presente Ordenanza con su respectivo Informe Técnico, Estructura de Costos y Estimación de Ingresos. DEBIENDO DECIR: “La Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 diciembre de del año 2020”. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y así como a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete. Artículo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Imagen Institucional y la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.SEGUNDO CONSTANTINO DÍAZ DE LA CRUZ Alcalde Provincial 1841792-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA Aprueban Estructura de Costos y regulan el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, parques y jardines y seguridad ciudadana para el periodo 2020 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0013-2019-MDSM EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA