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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (31/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 376

TEXTO PAGINA: 365

365 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / Segunda.- Limitación al incremento en liquidaciones A fi n de no trasladar a los vecinos, incrementos excesivos en las tasas producto de un sinceramiento de los costos de los servicios y de cambios en los parámetros de distribución, se establecerá un descuento sobre las tasas estimadas 2020 de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, las cuales no podrán exceder –sobre la liquidada para el 2019- del 20.0% para los predios de uso Casa Habitación y de 30.0% para los predios de otros usos. Los descuentos otorgados, no trasladados a los contribuyentes, serán asumidos por la Municipalidad Distrital. Tercera.- Presentación de declaración jurada Los contribuyentes podrán presentar una declaración jurada sobre la cantidad de metros lineales del frontis de su predio y/o sobre la cantidad de ocupantes del mismo, información que la administración tributaria ha de considerar para efectos de ajustar su liquidación por los servicios de Barrido de Calles y/o de Recolección de Residuos Sólidos, según corresponda. Esta información declarada estará sujeta a fiscalización. Cuarta.- Facultades del Alcalde Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como para prorrogar los plazos que la misma prevé. Quinta.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero del 2020, siempre que previamente haya sido publicada en su integridad conjuntamente con el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial del Callao que la rati fi ca, conforme al marco legal vigente. Sexta.- Derogatoria Deróguese la Ordenanza Nº 018-2016-MDCLR y toda disposición que se oponga a la presente. Séptima.- Publicación Se dispone la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, una vez que haya sido ratifi cada por Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial del Callao, así como en el Portal de la Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso. Del mismo modo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 019-2014, el texto íntegro de la presente Ordenanza y del Acuerdo de Concejo que la rati fi que se deberán publicar en el Portal Electrónico Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.municallao.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALFREDO COX PALOMINO Alcalde 1841798-1 Ordenanza que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la declaración jurada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2020 ORDENANZA Nº 018-2019-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 29 de Noviembre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSOPOR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO VISTOS:En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 011- 2019 de fecha 29 de noviembre de 2019; El Dictamen Nº 011-2019-CATP-MDCLR, de fecha 28 de Noviembre, de la Comisión de Administración, Tributación y Presupuesto; El Memorándum Nº 776-2019-GM/MDCLR de fecha 26 de Noviembre del 2019, de Gerencia Municipal; El Informe Nº 493-2019-GAJ/MDCLR, de fecha 26 de Noviembre del 2019, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Informe Nº 119-2019-GAT/MDCLR, de fecha 25 de Noviembre del 2019, de la Gerencia de Administración Tributaria; CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Artículo 40º, faculta a las Municipalidades, a que, mediante Ordenanza Municipal, puedan crear, modi fi car y suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de los límites establecidos por Ley. Que, el Art. 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, con referencia al Impuesto Predial, indica que los contribuyentes están obligados a presentar Declaración Jurada anual, hasta el último día hábil del mes de Febrero; Que, la Cuarta Disposición Final del TUO de la Ley de Tributación Municipal, faculta a la Administración, para realizar el cobro por servicio de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación de impuesto y de recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, siendo su costo no más del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, sustituyendo la valorización a la obligación de presentación de las Declaraciones Juradas; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 019-2014- MPC, de la Municipalidad Provincial del Callao, modi fi cado por la Ordenanza Municipal Nº 002-2016-MPC, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de Ordenanzas Tributarias Distritales, en la jurisdicción del Callao, dispone que las Ordenanzas que aprueban la emisión mecanizada, deberán estar rati fi cadas anualmente, sin perjuicio de ello, el Acuerdo de Concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (02) años, en la medida que la Ordenanza distrital mantenga invariables las condiciones que originaron la rati fi cación; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2018-MDCLR, de fecha 28 de Noviembre del 2018, la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua, establece el derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores de la declaración jurada, de la Declaración Jurada de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, para el ejercicio 2019; Que, en atención al Informe Nº 119-2019-GAT/MDCLR, de fecha 25 de Noviembre del 2019, de la Gerencia de Administración Tributaria, resulta necesario establecer los montos a abonar los contribuyentes del distrito, por el derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores de la declaración jurada, de la Declaración Jurada de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y distribución correspondiente, para el ejercicio 2020; Que, mediante Informe Nº 493-2019-GAJ/MDCLR, de fecha 26 de Noviembre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que resulta viable la aprobación de la presente Ordenanza. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto en mayoría del pleno del Concejo Municipal: