Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2019 (04/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 4 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el área del bien inmueble; los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE A UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA MALA CALANGO - LA CAPILLA"
N° 1 CÓDIGO MAL-TA-089A VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/) 3 054,954.91 INCENTIVO DEL 20% DEL VCI (S/) 610,990.98 VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 3 665,945.89

y Presupuesto; el Informe N° 165-2018-BNP-GG-OPP de fecha 28 de diciembre de 2018, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 304-2018-BNP-GGOAJ de fecha 31 de diciembre de 2018, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, establece que la entidad es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; Que, el inciso 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF dispone que las entidades para la elaboración de los Planes Operativos Institucionales (en adelante, POI) deben advertir lo siguiente: "71.1 Las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales (...), deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso." Que, el inciso 71.3 del referido artículo, señala que el POI es un instrumento de gestión, conforme el siguiente detalle: "71.3 Los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica." Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN-PCD, se aprobó la "Guía para el Planeamiento Institucional", siendo modificada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN-PCD, N° 13-2018-CEPLAN-PCD, y N° 00053-2018-CEPLAN-PCD; Que, la mencionada Guía es aplicable para las entidades de los tres niveles de gobierno; y, establece pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Operativo Institucional ­ POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional establece que para contar con el POI Anual, la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural N° 057-2018BNP de fecha 31 de mayo de 2018, se aprobó el Plan Operativo Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú ­ POI 2019; Que, por medio de la Resolución Jefatural N° 2072018-BNP de fecha 26 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2019 del Pliego 113 ­ Biblioteca Nacional del Perú; Que, a través del Informe N° 165-2018-BNP-GGOPP de fecha 28 de diciembre de 2018, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitió el Informe N° 026-2018-BNP-GG-OPP-EPI, por medio del cual el Equipo de Trabajo de Planificación e Inversiones presentó el "Plan Operativo Institucional 2019 de la Biblioteca Nacional del Perú consistente con el PIA 2019", con la finalidad de que se continúe con el proceso de aprobación; Que, con el Informe Legal N° 304-2018-BNP-GG-OAJ de fecha 31 de diciembre de 2018, la Oficina de Asesoría

1728497-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 441-2018-VIVIENDA A solicitud del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se publica Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 441-2018-VIVIENDA, publicada en la edición del día 1 de enero 2019. (Página 66) DICE: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 440-2018-VIVIENDA DEBE DECIR: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 441-2018-VIVIENDA 1728107-1

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Aprueban el "Plan Operativo Institucional 2019 de la Biblioteca Nacional del Perú consistente con el PIA 2019"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 210-2018-BNP Lima, 31 de diciembre de 2018 VISTOS: el Informe N° 026-2018-BNP-GG-OPP-EPI de fecha 28 de diciembre de 2018, del Equipo de Trabajo de Planificación e Inversiones de la Oficina de Planeamiento

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