Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2019 (04/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Viernes 4 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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de Asesora de la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 2º.- DISPONER, que la Unidad de Recursos Humanos de la INBP realice las acciones necesarias para la contratación del funcionario designado, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057. Artículo 3º.- DISPONER, que la Unidad de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CHARLES E. HALLENBECK FUENTES Intendente Nacional (e) 1728503-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Delegan al Gerente General la facultad para aprobar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 00142-2018-PD/OSIPTEL Lima, 27 de diciembre de 2018 "Delegación de facultades para aprobar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático en el ejercicio fiscal 2019"

Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley General de Presupuesto, señala que el Titular de la entidad podrá delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la facultad a delegar en el Gerente General resulta compatible con las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 104-2010-PCM; en tanto, la Gerencia General a su cargo es la Unidad Orgánica responsable de la marcha administrativa de la institución; Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 67.4 del artículo 67º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se deberá hacer mención de la delegación de facultades y atribuciones en los actos administrativos que por delegación emita el Gerente General; Con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Asesoría Legal y la Gerencia General y, de conformidad con la Ley General de Presupuesto y la Ley Nº 30879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y las atribuciones conferidas por el Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Gerente General del OSIPTEL, durante el Ejercicio Fiscal 2019, la facultad del Titular del Pliego 019 ­ Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático. El Gerente General deberá informar a la Presidencia del Consejo Directivo, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución. Con la finalidad de cumplir con dispuesto en el párrafo anterior, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, elevará dentro de los veinte días hábiles de vencido el trimestre, toda la información concerniente a la delegación dispuesta, a la Gerencia General para su elevación a la Presidencia del Consejo Directivo. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1727994-1

OBJETO

VISTO: El Informe Nº 0157-GPP/2017, relacionado con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre la facultad de delegar la atribución del Titular del OSIPTEL para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático en el Gerente General en el ejercicio fiscal 2019. CONSIDERANDO: Que, en el caso del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, en virtud a lo dispuesto por el numeral 6.3 del artículo 6º de la Ley Nº 27332 "Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos", el Presidente del Consejo Directivo ejerce funciones ejecutivas de dirección del Organismo Regulador y es el Titular de la Entidad; Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto, y el control del gasto de las entidades públicas, está determinado por el Texto Único Ordenado ­ TUO de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF (en adelante Ley General de Presupuesto) y la Ley Nº 30879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley General de Presupuesto, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Amplían plazo para la presentación de comentarios sobre el Documento de Política Regulatoria "Mecanismos Supervisados de Compartición y Acceso en la industria de Servicios Móviles"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 284-2018-CD/OSIPTEL Lima, 28 de diciembre de 2018 Consulta Pública del Documento de Política Regulatoria: "Mecanismos Supervisados MATERIA : de Compartición y Acceso en la Industria de Servicios Móviles" / Ampliación de plazo para comentarios VISTO el Informe N° 260-GPRC/2018 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, que sustenta la ampliación del plazo para la presentación de comentarios sobre el Documento de Política Regulatoria: "Mecanismos Supervisados de Compartición y Acceso en la industria de Servicios Móviles"; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal;

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