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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2019 (04/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Viernes 4 de enero de 2019 El Peruano / y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N°1033 y sus modi fi catorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales a) y h) del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la ampliación de la desconcentración de competencias en materia de eliminación de barreras burocráticas otorgadas a las Comisiones adscritas a las O fi cinas Regionales, a fi n de que sean competentes respecto de los actos y disposiciones administrativas, así como actuaciones materiales emanadas de los órganos o entidades de la Administración Pública dependientes del Gobierno Regional o Local, así como de Colegios Profesionales, Universidades y cualquier otra persona jurídica o natural que ejerza función administrativa que se encuentre ubicada dentro de la respectiva circunscripción territorial de competencia de la Comisión desconcentrada de la Ofi cina Regional correspondiente. Artículo 2 .- Aprobar la Directiva N° 10-2018/DIR- COD-INDECOPI que modi fi ca el numeral 5.3.1 de la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, que establece reglas sobre la competencia desconcentrada en las Comisiones adscritas a las O fi cinas Regionales y demás sedes del INDECOPI, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente Resolución, en la página Intranet, así como en el Portal Institucional del INDECOPI (http://www.indecopi.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA N° 010-2018/DIR-COD-INDECOPI DIRECTIVA QUE MODIFICA EL NUMERAL 5.3.1 DE LA DIRECTIVA N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, QUE ESTABLECE REGLAS SOBRE LA COMPETENCIA DESCONCENTRADA EN LAS COMISIONES ADSCRITAS A LAS OFICINAS REGIONALES Y DEMÁS SEDES DEL INDECOPI I. OBJETIVOModi fi car el numeral 5.3.1 de la Directiva N° 005- 2010/DIR-COD-INDECOPI que establece reglas sobre la competencia desconcentrada en las Comisiones adscritas a las O fi cina Regionales y demás sedes del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada con la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo N° 178-2010-INDECOPI/COD y sus modi fi catorias. II. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para todos los órganos resolutivos y administrativos del INDECOPI, así como para las partes y los terceros interesados en los procedimientos administrativos que se tramitan ante los órganos resolutivos de la Institución. III. DISPOSICIONES GENERALESModifíquese el numeral 5.3.1 de la Directiva N° 005- 2010/DIR-COD-INDECOPI, conforme al siguiente texto: 5.3. Reglas especiales de atribución de competencias en materia de eliminación de barreras burocráticas “5.3.1 La desconcentración de las competencias que corresponden a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas abarcará a los actos y disposiciones administrativas, así como actuaciones materiales emanadas de los órganos o entidades de la Administración Pública dependientes del Gobierno Regional o Local, así como de aquellas entidades públicas o privadas que cuenten con función administrativa delegada por tales gobiernos; así como de los Colegios Profesionales, Universidades y cualquier otra persona jurídica o natural que ejerza función administrativa, que se encuentren ubicadas dentro de la circunscripción territorial atribuida a la Comisión desconcentrada de la O fi cina Regional correspondiente, de conformidad con el ámbito de competencia territorial previsto en el Anexo N° 3 de la presente Directiva.” IV. VIGENCIALa presente Directiva entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. 1728009-1 Designan miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Cajamarca RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 241-2018-INDECOPI/COD Lima, 27 de diciembre de 2018VISTOS:El Informe 072-2018/GOR-INDECOPI, el Informe N° 217-2018/GRH, el Informe N° 809-2018/GEL, el Informe N° 120-2018/GEG y el Informe N° 135-2018/GEG ; y, CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI, publicada el 20 de noviembre del 2013 en el Diario O fi cial El Peruano, se designó al señor José Luis Salazar Soplapuco como miembro de la Comisión Adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Cajamarca por un período adicional de cinco (5) años, el cual ha culminado; por lo que debe emitirse la resolución correspondiente, debiendo designarse a la persona que desempeñará dicho cargo público; Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Cajamarca, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 139-2018 del 22 de noviembre de 2018, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Luis Carlos Polo Chávarri como miembro de la Comisión adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Cajamarca;