Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2019 (04/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

42

NORMAS LEGALES

Viernes 4 de enero de 2019 /

El Peruano

VISTOS, el Informe N° 454-2018-JUS/OGPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 1489-2018-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debe ser concordante, entre otros, con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, el numeral 71.2 del artículo 71 del mencionado Texto Único Ordenado, establece que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a la escala de prioridades; Que, asimismo, el numeral 71.3 del artículo 71 del acotado Texto Único Ordenado, refiere que los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Ley N° 30879 se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, por Decreto Legislativo Nº 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, cómo órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017- CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico- CEPLAN aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", en cuyo literal d) del numeral 7.2 del artículo 7, establece que las políticas institucionales se concretan en los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y los Planes Operativos Institucionales (POI); Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 053-2018-CEPLAN/PCD, se modificó la "Guía de Planeamiento Institucional" aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0332017/CEPLAN/PCD, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI) en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, la mencionada Guía para el Planeamiento Institucional, en el numeral 6.2 referido a la elaboración y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI), establece la definición de un Plan Operativo Institucional (POI) anual consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), cuyo proceso de ajuste se realiza de acuerdo a la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0100-2018JUS se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, en el marco de los lineamientos metodológicos emitidos por CEPLAN, es necesario adecuar la estructura del Plan Operativo Institucional (POI) para una adecuada formulación y seguimiento de la ejecución de este instrumento de gestión. Que, mediante Resolución Ministerial N° 0537-2018JUS se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual

(PESEM) 2019-2023 del Sector Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017JUS, señala que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, el Decreto Supremo Nº 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Primera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, documento que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de actividades consideradas en la Primera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es de responsabilidad de los Directores y/o Jefes de los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento de la Primera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución conjuntamente con la Primera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob. pe/minjus) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe). Artículo 5.- Difundir la presente Resolución a todos los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1728424-2

PRODUCE
Delegan diversas facultades y atribuciones a funcionarios del Instituto Nacional de Calidad durante el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 002-2019-INACAL/PE Lima, 3 de enero de 2019

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.