Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2019 (04/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Viernes 4 de enero de 2019 / El Peruano – Aprobar las licencias sin goce de remuneraciones (superiores a 5 días), los convenios de reducción y acumulación de vacaciones, el rol de vacaciones y su respectiva reprogramación. Tanto la Gerencia General como la O fi cina General de Administración darán cuenta trimestralmente de las acciones que ejecuten de acuerdo con la delegación de facultades que el Directorio les haya conferido. Artículo 2º.- En el caso de los procedimientos de selección en los que los montos sean mayores a 100 UITs, se requerirá del conocimiento y conformidad previa del Directorio. En los casos en que los miembros del Directorio no puedan reunirse y considerando la necesidad de la aprobación, ésta podrá realizarse vía electrónica. En los casos de urgencia y ante la falta de sesión programada, queda delegada en el Presidente del Directorio el conocimiento y conformidad previa de la contratación, con cargo a informar al Directorio en la sesión siguiente. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a todas las direcciones y unidades que conforman la APN, a fi n de que tomen conocimiento de lo dispuesto en ella. Artículo 4º.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el portal Web de la Autoridad Portuaria Nacional y en el diario o fi cial El Peruano, de conformidad con la Ley 24811. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR PATIÑO GARRIDO Presidente del Directorio 1728281-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Directiva que modifica el numeral 5.3.1 de la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, que establece reglas sobre la competencia desconcentrada en las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales y demás sedes del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 234-2018-INDECOPI/COD Lima, 27 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe N° 0077-2018/GOR-INDECOPI, el Informe N° 808-2018/GEL y el Informe N°126-2018/GEG de la Gerencia General, a través de los cuales se somete a consideración del Consejo Directivo la aprobación de la ampliación de la desconcentración de competencias en materia de eliminación de barreras burocráticas otorgadas a las Comisiones adscritas a las O fi cinas Regionales del INDECOPI, y la modi fi cación del numeral 5.3.1 de la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, los literales g) y k) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, establece como funciones del Consejo Directivo aprobar la desconcentración de las competencias administrativas y resolutivas de los órganos del INDECOPI, determinando la competencia territorial de los órganos desconcentrados y expedir directivas normando el funcionamiento administrativo del INDECOPI; Que, los literales j) y m) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, señala como funciones del Consejo Directivo de la Institución aprobar las acciones administrativas requeridas para la desconcentración de las funciones resolutivas de la Institución y expedir directivas que normen el funcionamiento administrativo del INDECOPI; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1391, Decreto Legislativo que simpli fi ca procedimientos contemplados en normas con rango de ley que se tramitan en el INDECOPI y precisa competencias, regulaciones y funciones del INDECOPI, se modi fi có el numeral 2 del artículo 34 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, estableciendo que la desconcentración de las competencias de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas abarcará a los actos y disposiciones administrativas, así como actuaciones materiales emanadas de los órganos o entidades de la Administración Pública dependientes del Gobierno Regional o Local, así como de Colegios Profesionales, Universidades y cualquier otra persona jurídica o natural que ejerza función administrativa, cuyo ámbito de aplicación se encuentre dentro de la respectiva circunscripción territorial de competencia de la Comisión desconcentrada de la O fi cina Regional correspondiente; Que, con la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo N° 178-2010-INDECOPI/COD del 26 de noviembre de 2010, se aprobó la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, que establece reglas sobre la competencia desconcentrada en las Comisiones adscritas a las O fi cinas Regionales y demás sedes del INDECOPI; Que, a través del Informe N° 0077-2018/GOR- INDECOPI, la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas y la Gerencia de Ofi cinas Regionales, proponen que el Consejo Directivo desconcentre expresamente las competencias, conforme al numeral 2 del artículo 34 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, a las Comisiones adscritas a las O fi cinas Regionales del INDECOPI, y modi fi que el numeral 5.3.1 de la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI; Que, mediante el Informe N° 126-2018/GEG, la Gerencia General pone a consideración del Consejo Directivo la aprobación de la ampliación de la desconcentración de competencias, en materia de eliminación de barreras burocráticas, otorgadas a las Comisiones adscritas a las O fi cinas Regionales, de manera que éstas sean competentes respecto de los actos y disposiciones administrativas, así como actuaciones materiales emanadas de los órganos o entidades de la Administración Pública dependientes del Gobierno Regional o Local, así como de Colegios Profesionales, Universidades y cualquier otra persona jurídica o natural que ejerza función administrativa que se encuentre dentro de la respectiva circunscripción territorial de competencia de la Comisión desconcentrada de la O fi cina Regional correspondiente; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 133-2018 del 15 de noviembre de 2018, ha aprobado la ampliación de la desconcentración de competencias en materia de eliminación de barreras burocráticas otorgadas a las Comisiones adscritas a las O fi cinas Regionales, de conformidad con la propuesta de la Gerencia General; disponiendo la modi fi cación del numeral 5.3.1 de la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI; Con el visto bueno del Gerente General, de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, de la Gerencia de O fi cinas Regionales, y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización