Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2019 (10/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 10 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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presente norma le otorga. Puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de oficio y la aprobación de las contrataciones directas no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento; Que, para agilizar los procedimientos y permitir un adecuado funcionamiento de la Entidad, es necesario delegar ciertas facultades en materia presupuestal y las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones al Gerente General del OSINFOR; asimismo delegar ciertas facultades en contrataciones del Estado, recursos humanos y en materia administrativa, al Jefe de la Oficina de Administración y al Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del OSINFOR; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, y con los vistos del Gerente General y de los Jefes de la Oficina de Planificación y Presupuesto y de la Oficina de Administración; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y modificatorias, el Decreto Legislativo N° 1085, Ley de Creación del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre y modificatorias, su Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el/la Gerente General del OSINFOR, durante el año fiscal 2019, las facultades y atribuciones siguientes: a) Aprobar las formalizaciones de las notas modificatorias en el Nivel Funcional y Programático. b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del OSINFOR y sus modificatorias. c) Resolver recursos de apelación interpuestos ante los procedimientos de selección cuyo valor referencial sea menor o igual a cincuenta Unidades Impositivas tributarias (50 UIT). d) Evaluar semestralmente los resultados del Plan Anual de Contrataciones y adopción de medidas correctivas, según corresponda. e) Aprobar las prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones de los contratos de consultorías de obras y ejecución de obras, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado. Artículo 2.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración del OSINFOR, durante el ejercicio fiscal 2019, las siguientes facultades y atribuciones: a) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección a ser convocados por el OSINFOR, Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, así como de aquellos procedimientos de selección que deban ser convocados por Entidades con las cuales se hayan suscrito un convenio de encargo. b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, que ejecutarán los procedimientos de selección, así como modificar la composición de los mismos, dentro de los parámetros establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado. c) Aprobar las bases de los procedimientos de selección a ser convocados por el OSINFOR, así como aquellos procedimientos de selección que deban ser convocados por Entidades con los cuales se hayan suscrito un convenio de encargo. d) Suscribir los contratos para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras; así como adendas en razón de adicionales y/o reducciones, contratos complementarios, ampliaciones de plazo, y cualquier otra modificación posterior de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado.

e) Aprobar las prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones de los contratos de bienes, servicios generales y consultorías, de conformidad con lo establecido en la norma de contrataciones del Estado, con excepción a los requerimientos formulados por la Unidad Ejecutora de Inversiones. f) Suscribir y resolver contratos de bienes, servicios en general y consultorías, cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) unidades impositivas tributarias (UIT) y adendas. g) Resolver las solicitudes de ampliación de plazos de los contratos bienes, servicios en general y consultorías, cuyos montos sean menores o iguales a ocho (8) unidades impositivas tributarias (UIT). h) Aprobar prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones de los contratos de bienes, servicios generales y consultorías, cuyos montos sean menores o iguales a ocho (8) unidades impositivas tributarias UIT. i) Resolver las solicitudes de ampliaciones del plazo contractual de bienes, servicios en general y consultorías; de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado. j) Resolver los contratos suscritos para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado vigente. k) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), y el Tribunal de Contrataciones del Estado, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a la temática de las contrataciones estatales. l) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección. m) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. n) Suscribir y presentar a la SUNAT, los formularios, declaraciones y, en general, cualquier documentación que resulte necesario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias como consecuencia de la ejecución de los gastos previstos en el presupuesto institucional. o) Aprobar Directivas orientadas a optimizar las labores de las Unidades a su cargo. p) Tramitar las legalizaciones de los libros contables ante las notarías. q) Participar en los procedimientos de conciliación extrajudicial y suscribir los referidos acuerdos, referidos al cumplimiento de pago de las sanciones de multas impuestas por la Entidad en el marco de un procedimiento administrativo disciplinario y/o sancionador. Artículo 3.- Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos, durante el ejercicio fiscal 2019, las facultades y atribuciones siguientes: a) Autorizar, resolver, y tramitar las acciones administrativas del personal respecto de las asignaciones, ceses, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, rectificación de nombres y/o apellidos, destaques, renovaciones de contratos, y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal adscrito al régimen laboral del OSINFOR. b) Suscribir los contratos relativos a la prestación de servicios del personal del OSINFOR, conforme al régimen laboral de la Entidad. c) Suscribir los convenios de prácticas profesionales, pre-profesionales y técnicas del OSINFOR. Artículo 4.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el año 2019. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución de Jefatura a el/la Gerente/a General, al/la Jefe/a de la Oficina de Administración, al/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos; así como a las Direcciones, Órganos y Unidades Orgánicas del OSINFOR, para conocimiento, cumplimiento y difusión.

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