Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2019 (10/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Jueves 10 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Dr. Bonifacio Meneses Gonzáles Dr. César Augusto Vásquez Arana Sexta Sala Penal Con Reos Libres Permanente Dr. Pedro Fernando Padilla Rojas Dra. Rita Adriana Meza Walde (P) Dra. Rosa Elisa Amaya Saldarriaga (P) Artículo Cuarto.- DESIGNAR a los siguientes doctores, en los diversos órganos jurisdiccionales: - DESIGNAR al doctor JULIO FRANCISCO LIMO SÁNCHEZ, Juez Titular del 3° Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, como Juez Provisional del 5° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima, a partir del día 10 de enero del presente año. - DESIGNAR a la doctora MARIA DEL CARMEN BLESS CABREJAS, como Juez Supernumeraria del 20° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del 10 de enero del presente año por la promoción de la doctora Amaya Saldarriaga. - REASIGNAR al doctor LUIS ERICK SAPAICO CASTAÑEDA, como Juez Supernumerario del 3º Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, a partir del día 10 de enero del presente año, por la promoción del doctor Limo Sánchez. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1730057-1

Distrito Judicial, por lo que como máxima autoridad administrativa dirige la política institucional, y dicta las medidas necesarias para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos. El inciso 7) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 91° del mismo cuerpo legal, determina que es atribución y facultad exclusiva y excluyente del Presidente de la Corte Superior de Justicia fijar el inicio del año judicial y conformar las Salas Superiores con los jueces respectivos, de acuerdo al criterio de especialización. Dichos enunciados legales han sido interpretados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en el mismo sentido en decisión administrativa de fecha 17 de septiembre del 2012, remitida por Oficio N° 7006-2012-CED-CSJLN/ PJ, lo que guarda concordancia con el artículo 3° de la Resolución Administrativa N° 173-2015-CE-PJ de fecha 13 de mayo de 20151. Para la conformación de las Salas Superiores también debe tenerse en cuenta lo previsto en el artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 29277 ­ Ley de la Carrera Judicial-, y artículos 7° y 35° numerales 1 y 4 de dicha ley; asimismo, el artículo 1° de la Resolución Administrativa N° 71-2010-CE-PJ de fecha 24 de febrero del 2010, y la información pertinente contenida en la Resolución Administrativa N° 262-2016-CE-PJ. En virtud a los enunciados normativos señalados, y lo previsto en los numerales 2) y 3) del artículo 146 de la Constitución Política del Perú de que los jueces no pueden ser trasladados sin su consentimiento, y que su permanencia está garantizada mientras observen conducta e idoneidad propias de su función, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte debe establecer la conformación de las Salas Superiores para el año judicial 2019, y como en efecto lo establece, la que podrá ser modificada por promoción, cambio de ubicación o traslado de alguno de sus integrantes, por tanto, RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR las Salas Superiores de la Corte Superior de Justica de Lima Norte, para el año judicial 2019, con los siguientes señores magistrados: PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE - Carlos CALDERON PUERTAS - Carmen María LOPEZ VASQUEZ - Walter Alfredo DIAZ ZEGARRA SEGUNDA SALA CIVIL PERMANENTE - Edgardo TORRES LOPEZ - Rosa María CATACORA VILLASANTE - Lorenzo CASTOPE CERQUIN SALA LABORAL PERMANENTE - Agustín REYMUNDO JORGE - Jackeline YALAN LEAL - Carmen Julia PALMER OLIDEN Presidente Integrante Integrante Presidente Integrante Integrante Presidente Integrante Integrante

Conforman las Salas Superiores de la Corte Superior de Justica de Lima Norte, para el año judicial 2019
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 01-2019-P-CSJLIMANORTE/PJ Independencia, 2 de enero del 2019 VISTOS: El Cuadro de Méritos y Antigüedad de los Jueces Superiores, aprobado por Resolución N°262-2016-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y los escritos de reincorporación de los Jueces Superiores Walter Alfredo DÍAZ ZEGARRA y Luis Alberto Alejandro REYNOSO EDÉN; y, CONSIDERANDO: El primer párrafo del artículo 138° de la Constitución Política del Perú prevé que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jurisdiccionales con arreglo a la Constitución y las leyes. El Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, determina la estructura del Poder Judicial y define los derechos y deberes de los Jueces en su misión principal del servicio público esencial de la tutela jurisdiccional efectiva. Los incisos 1) y 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establecen que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante del Poder Judicial en su respectivo

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"Precisar que por inconstitucionalidad del artículo 66° de la Ley de la Carrera Judicial, señalada en los artículos precedentes y por no estar implementados todos los factores de valoración de méritos, como el de producción jurisdiccional de los jueces, debido a que se encuentra en vía de implementación la información estadística por Juez, conforme lo establece el artículo 7° de la Resolución Administrativa N° 031-2013-CEPJ, los Cuadros de Méritos, conjuntamente con los Cuadros de Antigüedad, han devenido hasta la actualidad en simplemente referenciales, para el llamamiento de jueces provisionales de todas las instancias. Por tal motivo para dicho llamamiento deben evaluarse otros aspectos relacionados a la función jurisdiccional, lo que implica que dicho carácter referencial alcanza a todos los Cuadros de Méritos de Jueces Superiores Titulares aprobados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (...), asimismo alcanza a los Cuadros de Mérito de los Jueces Especializados y/o Mixtos y de Jueces de Paz Letrados, aprobados en las respectivas Cortes Superiores de Justicia a partir del año 2009 hasta la actualidad"

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