Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2019 (17/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 17 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

69

VÁSQUEZ, en el cargo de confianza de Asesor - 2 de la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la Plaza Nº 006 del Cuadro para Asignación de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado con Resolución Jefatural N° 049-2014-J/ONPE y sus actualizaciones. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el portal institucional www.onpe.gob.pe, y en el portal de Transparencia de la Entidad, en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL FRANCISCO COX GANOZA Jefe (i) 1732324-1

Aprueban conformación de ocho Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de las Elecciones Municipales Complementarias 2019
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000030-2019-JN/ONPE Lima, 16 de Enero del 2018 VISTOS: El Informe N° 000010-2019-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como, el Informe N° 000019-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante el Decreto Supremo N° 001-2019-PCM, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2019, para el 7 de julio de 2019, con la finalidad de elegir Alcaldes y Regidores de los Consejos Distritales de la República en los que se declaró la nulidad de las Elecciones Municipales 2018; Por Resolución N° 0003-2019-JNE, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones define seis (06) circunscripciones administrativo electorales para las Elecciones Municipales Complementarias 2019, así como los Jurados Electorales Especiales que tendrán competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes; De conformidad a los artículos 176 y 182 de la Constitución Política del Perú, los organismos electorales tienen por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector, expresada en las urnas, por votación directa; De otro lado, el artículo 37 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, señala que la Oficina Nacional de Procesos Electorales­ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Asimismo, el artículo 39 de la citada norma precisa que, corresponde al Jefe de la ONPE, definir el número, la ubicación y la organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales­ODPE, de acuerdo con las circunscripciones electorales que determina la ley; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, las ODPE están a cargo de dirigir, coordinar, organizar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales en sus respectivas jurisdicciones; Mediante el informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, propone la conformación de OCHO (08) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, para llevar a cabo las Elecciones Municipales Complementarias 2019, precisando que dicha

conformación se ha realizado teniendo en cuenta los criterios geográficos de continuidad espacial, contigüidad, vecindad y accesibilidad, lo cual está de acuerdo al procedimiento "Conformación de la ODPE", Código: PR01-GPP_COD, Versión: 00; y que, además, ha sido consensuada con las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional y de Informática y Tecnología Electoral; En tal sentido, resulta necesario aprobar la conformación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, para llevar a cabo las elecciones antes referidas; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y en los literales f) y s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; Con el visado de la Secretaría General, de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la conformación de OCHO (08) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de las Elecciones Municipales Complementarias 2019, cuya relación en Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución y su anexo. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal Institucional www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL FRANCISCO COX GANOZA Jefe (i) ANEXO A LA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000030-2019-JN/ONPE
CONFORMACIÓN DE OFICINAS DESCENTRALIZADAS DE PROCESOS ELECTORALES PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2019
ODPE 01 02 NOMBRE ODPE SEDE DEPARTAMENTO AMAZONAS ANCASH PROVINCIA BAGUA ANTONIO RAIMONDI CAJABAMBA 03 CAJAMARCA CAJAMARCA CAJAMARCA CELENDIN AYACUCHO 04 ICA ICA HUANCAVELICA CASTROVIRREYNA 05 HUÁNUCO HUÁNUCO HUANUCO YAROWILCA SANTIAGO DE CHUCO VIRU CANTA 07 LIMA JESÚS MARÍA LIMA HUAROCHIRI 08 PUNO PUNO PUNO SANDIA SANGALLAYA ALTO INAMBARI HUACHOS PAMPAMARCA MOLLEPATA GUADALUPITO LACHAQUI LUCANAS HUASMIN CHIPAO DISTRITO ARAMANGO MIRGAS CONDEBAMBA

CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS HUARAZ HUARAZ

06

TRUJILLO

TRUJILLO

LA LIBERTAD

1732360-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.