Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2019 (17/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de enero de 2019 /

El Peruano

13. De lo precitado, se advierte que la organización política no ha cumplido con realizar su democracia interna, conforme a lo dispuesto en el numeral 1. del artículo 67 de su Estatuto, esto es, elegir a los candidatos para cargo de elección popular a la lista conformada por afiliados activos. 14. En ese sentido, considero que no se debe tener por válido el proceso de elección interna realizada con participación de candidatos no afiliados a la organización política, por lo que al no cumplir con las normas de democracia interna, esto es el Estatuto en primer lugar, debe desestimarse en este extremo el recurso de apelación, y confirmarse la resolución impugnada. 15. Por los fundamentos expuestos, NUESTRO VOTO es por que se declare FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Edin Nolberto Altamirano Padilla; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 00475-2018-JEE-SPAB/JNE, de fecha 20 de julio de

2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de San Pablo, que declaró infundada la tacha contra Gerardo Gilberto Merino Carrera, candidato a la alcaldía del Concejo Distrital de Tantarica, provincia de Contumazá, departamento de Cajamarca, por la organización política Alianza para el Progreso y REFORMANDOLA declarar fundada la tacha. SS. ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE Concha Moscoso Secretaria General 1732085-5 de la lista de candidatos para la Municipalidad Provincial de San Pablo, departamento de Cajamarca, por la citada organización política, con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Con relación a la inscripción de la lista de candidatos El 18 de junio de 2018, Cesar Daniel Pérez Alvítes, personero legal titular de la organización política Cajamarca Siempre Verde, presentó ante el Jurado Electoral Especial de San Pablo (en adelante, JEE), su solicitud de inscripción de lista de candidatos a la Municipalidad Provincial de San Pablo. Mediante la Resolución Nº 00302-2018-JEE-SPAB/ JNE, del 3 de julio de 2018, el JEE admitió la lista de candidatos para el Concejo Provincial de San Pablo de la aludida organización política. Con relación a la tacha interpuesta y lo resuelto por el Jurado Electoral Especial de San Pablo

Declaran infundada tacha interpuesta contra inscripción de lista de candidatos para la Municipalidad Provincial de San Pablo, departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN Nº 2309-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018026511 SAN PABLO - CAJAMARCA JEE SAN PABLO (ERM.2018021734) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, veinte de agosto de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Julio Cesar Valdivia Chilón, el personero legal titular de la organización política Cajamarca Siempre Verde, en contra de la Resolución Nº 00489-2018-JEE-SPAB/JNE, de fecha 24 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de San Pablo, que declaró fundada la tacha interpuesta contra la inscripción

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