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18 NORMAS LEGALES Jueves 7 de febrero de 2019 / El Peruano Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 18-2019- SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 29 de enero de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Dante Aguilar Vargas, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Luis Alberto Cabanillas Núñez, del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Teofanes Sánchez Lizarme, del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Pavel Gonzales Sotelo, de los Suboficiales de Primera de la Policía Nacional del Perú Jhonattan Conthaber Ramírez Grandez, José Alberto Huamaní Huamaní y Hayro Steve Alberto Castillo Gómez, y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Roger César Ramos Huallpa, del 8 al 15 de febrero de 2019, a la ciudad de Dubái – Emiratos Árabes Unidos, para que participen en el encuentro antes citado, considerando que es de gran importancia para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho encuentro tiene por finalidad el intercambio de técnicas y promover el alto nivel de habilidades tácticas, enfoque mental y resistencia física que poseen los equipos SWAT de clase mundial; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el O fi cio N°296-2019- SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 28 de enero de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprobado por Ley N° 30879, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Dante Aguilar Vargas, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Luis Alberto Cabanillas Núñez, del Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Teofanes Sánchez Lizarme, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Pavel Gonzales Sotelo, de los Subo fi ciales de Primera de la Policía Nacional del Perú Jhonattan Conthaber Ramírez Grandez, José Alberto Huamaní Huamaní, Hayro Steve Alberto Castillo Gómez, y del Subo fi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Roger César Ramos Huallpa, del 8 al 15 de febrero de 2019, a la ciudad Dubái – Emiratos Árabes Unidos, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ Pasajes aéreos 2,580.00 X X 8 = 20,640.00Viáticos 500.00 X 5 X 8 = 20,000.00 Artículo 3º.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, debe presentar al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos y pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1739003-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruano-ecuatoriano y peruano, y disponen su presentación a Ecuador y Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 037-2019-JUS Lima, 6 de febrero de 2019